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El Conflicto, según el Directormartes 22 de junio de 2010El Conflicto, según el directorEn el informe anual de gestión del director del Departamento de Filología Inglesa y Alemana (Universidad de Zaragoza) se expone en estos términos el contencioso sobre asignación docente que venimos teniendo sobre el Máster de Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa: Otra batalla, ésta quizás más personal que las anteriores, ha sido la de lograr que la Universidad de Zaragoza desarrolle técnicamente y de una vez por todas su Reglamento de organización y gestión de la calidad de grados y másteres, petición que he tenido la suerte de poder explicar directamente a Rector y Vicerrector de Profesorado, porque hasta la fecha, desde mi punto de vista, este Reglamento de mayo de 2009 se está quedando en mero papel mojado o de aplicación muy limitada: la elaboración de Guías Docentes verdaderamente adaptadas al EEES, pero sin pasar al nivel de los recursos humanos. Si no se da este paso cualitativo, mejor que se derogue. Sin embargo, los Estatutos reformados por Claustro el 21 de abril pasado ya contemplan por lo menos que los Departamentos pueden elevar su propuesta de asignación docente a Consejo de Gobierno teniendo en cuenta los resultados de la aplicación del sistema de la calidad, y el Vicerrector de Profesorado sigue admitiendo en sus Instrucciones que la distribución del encargo docente de un Departamento, o Fase 2 de elaboración del POD anual, debe basarse en criterios emanados de los Consejos de Departamento. Con respecto a la asignación entre el profesorado del Departamento de la oferta docente 2009-2010, sólo ha estado en litigio un 0,91% de la misma; esto es, 2 asignaturas de las 215 a cargo de las Áreas del Departamento (194 a cargo de Filología Inglesa y 25 a cargo de Filología Alemana). Sin embargo, ese apenas 1% ha consumido un elevado número de horas de la gestión del Director y del propio Consejo del Departamento. Durante mi segundo año de mandato, el Consejo se ha reunido en seis ocasiones, cuatro de ellas en forma de sesión ordinaria y dos con carácter extraordinario. La primera de las sesiones extraordinarias (6 de octubre de 2009) vino motivada fundamentalmente por la existencia de dos sentencias judiciales a las que se dio tratamiento separado con el fin de garantizar la precisión de las certificaciones de las ejecutorias solicitadas desde Rectorado. Ambos procedimientos abreviados fueron interpuestos por los profesores Beatriz Penas y José Ángel García, quienes parecen entender, dadas sus intervenciones en Consejos y Comisiones, que las sentencias fueron plenamente favorables a sus demandas, a saber, su participación en el Programa de Doctorado en Estudios Ingleses como miembros de pleno derecho y la impartición de sendas asignaturas del Máster de Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa (“Alternativas al Canon” y “La Representación”, respectivamente), el 0,91% citado arriba, por delante de otros profesores alegando mayor antigüedad en Cuerpo Docente y méritos docentes o investigadores tan adecuados como o mejores que los de los otros profesores co-peticionarios de la docencia en cuestión. No lo entendió así la mayoría del Consejo, como muestran sus Actas de 6 de octubre y 26 de noviembre de 2009. A fecha de hoy, todavía se desconoce cuál es la resolución final del Sr. Juez firmante de las sentencias en cuanto a si el Consejo de Departamento, con sus actuaciones y acuerdos de octubre y noviembre de 2009, ha ejecutado debidamente la sentencia relativa a la docencia de Máster en litigio, a pesar de que la Dirección del Departamento ha pedido al Rectorado insistentemente que tramite, por ser la Universidad y no el Departamento la otra parte del contencioso-administrativo citado, el resultado de tales actuaciones y acuerdos al Sr. Juez. Y es que la ejecutoria del Rectorado no vino en septiembre acompañada de informe jurídico alguno de letrado asesor, sino simplemente de la interpretación personal del contenido de la sentencia por parte del Jefe del Servicio de Personal Docente e Investigador y después del Vicerrector de Profesorado y del propio Rector, supuestamente, instando al Consejo a considerar que el único criterio objetivo de asignación es la antigüedad, pero siempre sin aportar informe jurídico alguno y, aún peor, tras la comunicación de los Acuerdos de noviembre, en tono cada vez más amenazante dirigido explícitamente a este Director. Ya he dicho antes que, como Director, he defendido públicamente en el seno de la Universidad, ante órganos de centro y de departamento, y ante el propio Sr. Rector, que la adaptación de las titulaciones universitarias al EEES no se puede quedar en cuestiones formales textuales superficiales (Guías Docentes), sino que también pasa por una asignación de docencia en la que a los conceptos de cuerpo y antigüedad se una el de mérito docente e investigador en relación con las líneas maestras del Proyecto de Titulación y con las particulares de los contenidos del programa y de los objetivos contextualizados de las asignaturas.
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José Ángel García Landa (Biescas y Zaragoza) :::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::: "Algo hay en el formato mismo de los blogs que estimula un desarrollo casi canceroso de nuestro ego" (John Hiler) Archivos
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