¿Qué nos hace sujetos humanos?
Un comentario puesto en el blog de Víctor Gómez Pin, a un artículo sobre "la humanidad exhausta" y los límites éticos de la consideración de la condición humana.
Dice que "Una persona es ‘interpar' con toda otra meramente por compartir la condición de ser de lenguaje y la razón común que les convierte en potenciales seres de juicio." Pero hay muchos casos en que no se comparten lenguaje y razón. Admite, como objeción parcial y no claramente refutada, que está además el caso de " la terrible cuestión de qué pasa con las discapacidades que parecen poner en cuestión la persistencia misma de la condición racional y lingüística." ¿Por qué sólo "la persistencia" y no "la existencia" de la condición racional y lingüística? Parece que se alude sólo a estados degenerativos o enfermedades. Hay muchos subnormales que nunca han tenido uso de razón ni de lenguaje, y sin embargo se les considera sujetos de plena humanidad (aun con derechos cívicos restringidos). Lo que otorga la condición ética de humanidad (de hecho, digo, en la práctica social, y no según un razonamiento concreto de alguien) no son únicamente esas abstracciones, sino otras cuestiones menos coherentes quizá en razón pura: la descendencia de seres humanos, la forma física y genética humana, la integración en un grupo humano. Así que el planteamiento es erróneo de entrada.
Dice que "Una persona es ‘interpar' con toda otra meramente por compartir la condición de ser de lenguaje y la razón común que les convierte en potenciales seres de juicio." Pero hay muchos casos en que no se comparten lenguaje y razón. Admite, como objeción parcial y no claramente refutada, que está además el caso de " la terrible cuestión de qué pasa con las discapacidades que parecen poner en cuestión la persistencia misma de la condición racional y lingüística." ¿Por qué sólo "la persistencia" y no "la existencia" de la condición racional y lingüística? Parece que se alude sólo a estados degenerativos o enfermedades. Hay muchos subnormales que nunca han tenido uso de razón ni de lenguaje, y sin embargo se les considera sujetos de plena humanidad (aun con derechos cívicos restringidos). Lo que otorga la condición ética de humanidad (de hecho, digo, en la práctica social, y no según un razonamiento concreto de alguien) no son únicamente esas abstracciones, sino otras cuestiones menos coherentes quizá en razón pura: la descendencia de seres humanos, la forma física y genética humana, la integración en un grupo humano. Así que el planteamiento es erróneo de entrada.
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