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Vanity Fea

Cierta indefensión

Se acaba de publicar el primer informe anual del Defensor Universitario de la Universidad de Zaragoza. Reconozco, entre los expedientes que describe sin dar nombres de los interesados, el que me atañe a mí:
 
"Expediente 8-2005/4.3

Un profesor se dirige al Defensor Universitario manifestando su queja por no haber recibido respuesta al recurso que en su momento interpuso relacionado con el desarrollo de una oposición.

El Defensor Universitario según lo dispuesto en el art. 93.2 de los Estatutos y en el art. 10.3.d) del Reglamento de organización y funcionamiento del Defensor Universitario, no admite la queja a trámite ya que el tema se encuentra pendiente de procedimiento administrativo, si bien realiza gestiones para, de ser conforme a procedimiento, se conteste a la persona interesada".


Esto me confirma que si el Rectorado me envió (a los dos años de la oposición que recurrí) una respuesta, fue a instancias un tanto telefónicas o "extraoficiales" del Defensor, que no llegó a producir ningún papel sobre este tema (antes de este que sale ahora), por las razones que indica. La respuesta no fue gran cosa, venía a decir que se consideraba el caso cerrado por silencio administrativo. (A una consulta anterior al Rector sobre si debía interpretarlo como silencio administrativo también se había contestado con silencio, y eso que la ley indica que esa pregunta hay que responderla por escrito. Claro que también dice que hay que responder en cualquier caso, y no guardar silencio). Al parecer no se consideraron recursos formales mis escritos, así que el mes pasado presenté un recurso de alzada formalmente redactado, habiendo recibido esta mínima respuesta, primera relativa a una resolución sobre la oposición recurrida. Y estoy a la espera de ver si se contesta ese recurso de alzada.

A lo que voy ahora es que existe un ángulo muerto en la normativa del Defensor Universitario que provoca indefensión en casos como el mío. Suponiendo que el proceso administrativo esté vigente, y nada nos hacía suponer que no lo estuviese (de ahí que no actuase en su momento el Defensor, como dice su escrito), yo quedo sin amparo del Defensor, porque su normativa de actuación dice que se inadmitirán sistemáticamente todos los asuntos a los dos años de haber tenido lugar el hecho que lleve a solicitar esta intervención del Defensor. En teoría el proceso administrativo sigue abierto, con un recurso de alzada que no ha sido contestado. Pero yo ya no soy un caso del cual tenga que ocuparse, o pueda ocuparse, el Defensor Universitario.

6 comentarios

Magda -

Querido José Ángel, igual es aqui. Niqué decir de más.

José Angel -

Ah, y lo que dices del Servicio Jurídico de la Universidad... me temo que está de hecho únicamente para defender el punto de vista del Rectorado. Los demás miembros de la comunidad universitaria sólo somos vistos más bien como una fuente potencial de problemas para el Rectorado, así que el servicio jurídico se especializa en echar balones fuera.

José Angel -

Pues no, no puedo... Me temo que el Defensor sí que ha hecho lo que ha podido, ya que es cuestión de su normativa, o sea de las "reglas del juego", que no puede intervenir mientras hay un procedimiento administrativo abierto. Lo más que puede hacer es lo que al parecer ha hecho, que es instar extraoficialmente a que la Administración dé una respuesta. La actuación irresponsable en este caso viene del Rector, que recibiendo denuncias detalladísimas elige contestarlas con silencio administrativo (pero mientras tanto me asegura de palabra que se va a investigar y responder todo... hasta que se pasan todos los plazos). Una auténtica tomadura de pelo. Pero así vamos haciendo día a día la Universidad que tenemos, entre quienes mangonean y quienes dejan mangonear.

Magda -

Ya comprendo. En este caso está mal que el Defensor no asuma su trabajo. La responsabilidad es de la Administración, y esto debería de tener miramiento, cláusulas, o poder demandar semejante irresponsabilidad. ¿Cómo es posible que en dos años la Administración no haya resuelto? ¡el Defensor DEBE de entenderlo y sino lo entiende hacárselo entender a cómo de lugar, vaya irresponsabuludad. ¿Pudieras demandar en el jurídico de la Universidad este atropello?

José Angel -

Sí que parece un plazo razonable, lo que pasa es que puede suceder (como me ha sucedido a mí) que la propia Administración tarde en resolver un caso más de dos años (manteniéndolo mientras "en activo" sin que pueda intervenir el Defensor) y al final, da una resolución injusta, o no resuelve, y ya se ha pasado el plazo para acudir a esta otra institución que supuestamente te da garantías.

Magda -

Pero pienso que si han pasado dos años y no han puesto la queja o demanda ante el Defensor, está bien que ya no tenga curso ¿no será? Es demasiado tiempo parta que alguien no se manifieste, ante un problema, con el Defensor. ¿Entendí bien?