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Modalidades del ninguneo

Modalidades del ninguneo

Últimamente se lleva mucho en la universidad lo de la competitividad—privilegiar a unos, para que destaquen, sobre todo si ya tienen un cierto montaje montado, a costa de deprimir a otros, cortarles la financiación, no darles proyectos, o directamente hacerlos desaparecer del mapa, si no con buenas artes, pues con malas artes—y si no con malas artes, con buenas artes. El último invento de nuestra universidad es poner en sus programas de doctorado no a todos los doctores, sino a los que han conseguido dirigir una tesis en los últimos cinco años. ¿Será quizá para orientar las futuras tesis hacia esos, y para invisibilizar a los otros? No me piensen mal... Yo sin embargo me resisto a que me desdoctoren, y le envío esta carta al coordinador de nuestro programa de doctorado.

 

Remitente: Dr. José Angel García Landa
Destinatario: Dr. Celestino Deleyto
Coordinador del Programa de Doctorado en Estudios Ingleses
Departamento de Filología Inglesa y Alemana
Universidad de Zaragoza
Fecha: 15 de abril de 2011
Asunto: Inclusión en la web del Doctorado


Sr. Coordinador:

Una vez más se decide no incluirme entre los profesores del Programa de Doctorado en Estudios Ingleses, esta vez al parecer sólo con efectos "informativos".  Como sabe Vd., el asunto de mi inclusión en este programa ha sido objeto de diversas reclamaciones y recursos desde el curso 2005-2006, y tanto la Comisión de Doctorado de la Universidad, como el Rector, y los juzgados de lo contencioso administrativo han determinado reiteradamente la improcedencia de los criterios por los que se me venía excluyendo, y han recordado al Departamento que no es el órgano que pueda determinar cuáles de sus profesores pueden o no participar en un programa de doctorado. Convendrá Vd. quizá en que tampoco lo es la sección administrativa de Tercer Ciclo. Y como conoce Vd., el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 ordenó específicamente que se me incluyese, junto con la Dra. Penas, en la lista de doctores encargados de dirigir tesis doctorales. 

Entiendo por su escrito de fecha 14/04/2011 que no se me ha incluido en la lista de profesorado porque no he dirigido una tesis defendida entre los años 2004/2009. Como bien sabe Vd., hubiera sido muy difícil que lo hiciera, pues mi exclusión del Doctorado por decisión de Vd. y otros coordinadores ha impedido que esté siquiera en situación de poder hacerlo.  Pero por otra parte, entiendo que el dato de las tesis dirigidas en estos últimos años es relevante para la solicitud de una mención de calidad al Doctorado. Eso es una cuestión administrativa totalmente ajena a la cuestión de qué profesores están capacitados para la participación en el programa, y para la dirección de tesis—que es la información que debería figurar en la página oficial del programa, como Vd. mismo reconoce en su escrito, según el cual yo y otros profesores no incluidos en la lista de esa web sí cumplimos los requisitos necesarios para la dirección de una tesis doctoral. Entiendo por otra parte que la instrucción de Tercer Ciclo a la que Vd. apela es administrativamente incorrecta. La información de la web de la Universidad ha de ser fidedigna, y presentar el conjunto de su profesorado con criterios estables, no una selección establecida con  vistas a una convocatoria específica de algún tipo de concurso. Es el diseño de la web el que ha de cambiarse, o la nomenclatura de sus apartados, porque tal como está ahora, y es la única información oficial de la Univerisad sobre su doctorado, es incorrecta, e invisibiliza activamente a los profesores que no hemos tenido la "suerte" de dirigir una tesis en los últimos años. En caso de que Vd. desee incluir la información de qué profesores han dirigido efectivamente una tesis en los últimos cinco años, bien puede hacerse esto en una lista suplementaria—aunque a mi entender es una información de carácter más accesorio para la presentación pública del programa de cara a futuros estudiantes. Tal como ahora se presenta, parece que se presupone que sólo los doctores que hayan dirigido alguna tesis recientemente podrán dirigir tesis en el futuro—lo cual como Vd. sabe no tiene ninguna apoyatura normativa. Es más, si lo que se pretende con esta lista reducida es dar una idea errónea de la proporción de profesores de la Universidad que dirigen tesis, se estaría incurriendo en un fraude a la propia Administración, presentando datos incorrectos. Sea como sea, y en el caso concreto que a mí me atañe, exijo que se me incluya en cualquier lista pública que se haga de profesores de este programa de Doctorado, tanto como principio de orden general como en virtud de las circunstancias que han concurrido en mi participación en el programa en concreto, y en atención a los obstáculos especiales que se me han puesto con la actuación incorrecta de los coordinadores.

Por otra parte, soy profesor del Máster de Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa, que está oficialmente reconocido como periodo docente de postgrado ligado a este doctorado, y tengo como Profesor Titular plena capacidad docente e investigadora como estipula la LOU, además de todos los méritos de investigación, tramos, dirección de tesis, dirección de programas de doctorado, etc., convenientes para figurar en dicho programa.

Además, conoce usted que existe una orden judicial directa relativa a mi inclusión en el programa actualmente vigente, que debe ser obedecida, en la sentencia 00203/2009 del Juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Zaragoza, en la que el juez dictamina así:

"RECONOZCO como situación jurídica individualizada el derecho de D. José Angel García Landa, y Dña. Beatriz Penas Ibáñez a ser incluidos en el listado de doctores encargados de dirección de tesis que aparecen en la memoria de Doctorado de Estudios Ingleses del Departamento de Filología Inglesa y Alemana."


El subrayado es mío. No creo que pueda sostenerse ante los tribunales la opción de excluir en la información pública sobre un programa a profesores que (como Vd. mismo reconoce) sí pertenecen a él. Como he dicho, si es el epígrafe de la web informativa el que es incorrecto, o las instrucciones emitidas por Tercer Ciclo, es eso lo que hay que cambiar. Por otra parte sospecho que si envía Vd. a Tercer Ciclo una comunicación de que se incluya mi nombre nadie va a plantear recursos contencioso-administrativos al respecto. Por el contrario, si usted decide no incluirme, me veré obligado a solicitar la ejecución de esta orden judicial ante los tribunales, y me permito recordarle que ya está lloviendo sobre mojado. Envío copia de este escrito al Vicerrector de Profesorado, para su conocimiento y efectos.

Zaragoza, 15/4/2011

José Angel García Landa

En efecto es así: primero no puedes dirigir tesis porque te han expulsado del programa de doctorado, y luego, cuando años después les obligan a admitirte, no te admiten porque no has dirigido tesis en estos últimos años. Y tan anchos.  ¿Alguien aquí habrá oído hablar del Catch-22?


Sentencia-DOS


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