Retropost (2006): La reforma de la reforma
La reforma de la reforma
Publicado en Universidad. com. José Ángel García Landa
Nos pasaron hace unos días los representantes de la coordinadora nacional en favor de un grado de Estudios Ingleses el siguiente
RESUMEN DE LA REUNIÓN CON EL DIRECTOR GENERAL DE UNIVERSIDADES EN MADRID, 31 DE JULIO DE 2006,
que pego aquí en tinta roja y comento cuando proceda en tinta negra.
La reforma de la LOU que el MEC pretende llevar a cabo afecta primordialmente a los artículos 34 y 35, y se puede resumir en los puntos siguientes:
1. Creación de un registro de universidades y títulos.
1.1. Desaparece el catálogo de títulos, y en su lugar se crea un registro de universidades y títulos.
La diferencia es que el catálogo se impone a las universidades, mientras que el registro simplemente anota lo que ellas implantan. Claro que se mantiene el catálogo detrás del catálogo, para los títulos realmente oficiales.
1.2. Se establecerán directrices para grandes ramas del saber (Humanidades, CC. Sociales, CC. Jurídicas, de la Salud, entre otras -probablemente, no más de ocho-). Por ejemplo, se podrá implantar un título que lleve por nombre Grado en Humanidades: mas lo que sea: Estudios Ingleses, Inglés y nuevas tecnologías, Literaturas comparadas, Literatura anglo-sajona,...etc. El límite lo ponen las propias universidades y las CC. Autónomas. Es decir, el dinero.
Grandes ramas del saber, hasta ahora macroáreas de conocimiento, que adquieren ahora mayor sustancia a la hora de estructurar los tipos de títulos. Obsérvese que, si no leo mal, no habrá un "Grado en Estudios Ingleses" (etc.) como se venía pidiendo, sino un "Grado en Humanidades: Estudios Ingleses2. Que no es exactamente lo mismo. Sí se suprimen así las discriminaciones introducidas entre distintas áreas de las Humanidades: que se previese un título en Filología Vasca, por ejemplo, pero no inglesa. (Politicos—politiquillos... qué peste). Quedará por ver si no se ha pegado con esto el gran tijeretazo a las Humanidades, en plan no querías café, pues taza y media, un solo grado de humanidades. Aunque esta era una solucion que defendían no pocos dentro de las Humanidades. Cuando el río va a misa, agua lleva.
2. Diseño de los nuevos grados.
2.1 Los nuevos títulos serán oficiales y tendrán validez en todo el Estado Español.
Sí, oficiales, pero unos más que otros, como se verá. Y ¿no debería decirse que tendrán validez en toda la Unión Europea? ¿No era esa la idea primordial de la Reforma Boloñesa? Será un lapsus calamitas. Menos mal que por lo menos no dice en la Nación Española, que esa ya ni sabemos dónde empieza y dónde acaba.
Cada cuatro años, el MEC evaluará los nuevos títulos (se habrán de cumplir ocho o nueve criterios)
Sólo se apunta más adelante el criterio de que tengan alumnos. Aunque se ha hablado también de mantener estudios de "interés cultural" (y siempre se piensa en este caso en las Filologías Clásicas, pero otros habrá).
diseñados e implantados en las universidades, a quienes, además de concedérseles completa libertad y autonomía, también se les atribuye plena responsabilidad, y se confía en su “sentido común” en lo que respecta al diseño de las nuevas titulaciones, a la asignación del profesorado para la impartición de las mismas, al uso de los recursos propios, etc.
Parece ahondarse así en la autonomía universitaria. Que eso sea compatible con Bolonia, se verá. También puede resultar ser muy compatible con los criterios ad hoc y con el sentido común localmente entendido.
2.2 Los títulos de grado tendrán 240 créditos.
Oséase que volvemos a la reforma de los primeros 90 anterior a la reforma de los últimos 90, títulos de cuatro años, pero ahora con un aligeramiento de créditos, no manteniendo el creditaje de los cinco años comprimido en cuatro, como había sucedido al menos en nuestro título de Filología Inglesa.
Habrá dos tipos de grados:
(A) Profesionales (con reserva legal para el ejercicio de una profesión, i.e. maestro, ingeniero, médico, farmacia, enfermería, etc; esta reserva legal obedece a los criterios de la U.E., por un lado (Medicina, Arquitectura, etc.), y a la decisión del gobierno español de regular otras profesiones más, como la de maestro o profesor de educación secundaria).
(B) No profesionales (sin reserva legal para el ejercicio de una profesión, como es el caso de Filología Inglesa).
The mother of the lamb. Se reproduce y ahonda así la diferencia tradicional que venía existiendo entre estudios oficiales y estudios propios de las universidades. Eso sí, ahora se llaman todos oficiales. Pero unos conducen a capacitación profesional y otros no. ¿Alguien adivina cuáles van a ser los más demandados, con limitación de plazas, con exigencia de notas altas para entrar, etc.? ¿Y cuáles se van a devaluar al introducirse un título específico que capacita para la enseñanza en secundaria, mientras que las titulaciones de humanidades no lo hacen?
2.3. El Ministerio dictará dos tipos de directrices: (a) genéricas para los grados profesionales con reserva legal para el ejercicio de la profesión; y (b) generales para grandes campos del saber, como es el caso de Humanidades. En estas directrices se establecerán las materias (no asignaturas) que deberán conocer los estudiantes.
Me gustaría saber qué materias van a establecerse como necesarias para todas las titulaciones de humanidades. Actualmente no hay ninguna, y me extrañaría que se fuese en esa dirección. Debe ser algo mal pensado todavía, o mal entendido por los informadores.
2.4 El MEC dictará tres tipos de criterios: (a) criterios para la aprobación de los grados, (b) criterios para la implantación de los grados, y (c) criterios para la evaluación de los grados. El registro es, por lo tanto, condicional; puede suprimirse un título si no supera la evaluación o si se queda sin alumnos, pero esto último dependerá de la Comunidad Autónoma.
Perpetuum mobile de informes, acreditaciones, evaluaciones... ya lo veo venir. Como los másteres, que los tienen que proponer cada año. Ventajas debe tener cuando tantos expertos lo aconsejan, pero también lleva a regimentaciones, cuadriculaciones metodológicas, e incertidumbres sobre la estabilidad del propio trabajo y de la propia disciplina de estudio que no son en absoluto favorables a lo que se ha venido entendiendo como universidad hasta ahora.
3. Estructura del Grado.
Los nuevos grados comprenderán 4 cursos, a razón de 60 créditos por curso (30 créditos por semestre). El MEC contempla tres componentes: 1. materias (aparecerán en las Directrices), 2. asignaturas (vinculadas a las competencias, y 3. competencias (“saber hacer”). Estas dos últimas han de estar íntimamente ligadas, puesto que no se puede exigir lo que no se da. La Tabla 1 resume la estructura de los nuevos grados.
Se supone que aparecerán, como venía siendo habitual, las "troncales", o sea, las materias que ha de incluir el grado en cualquier universidad en que se imparta. Pero aquí aparece una contradicción con lo dicho antes. ¿No quedábamos en que habría un solo Grado de Humanidades? Con la dificultad que señalaba yo de definir "troncales" para semejante grado. Si las directrices establecen materias, ya tenemos el supuestamente abandonado Catálogo otra vez. Por cierto, que nadie nos ha aclarado aún qué ha pasado con el trabajo de todas aquellas Anecas, Libros Blancos, Subcomisiones y Recomisiones que sacaron una serie de "fichas" para los grados. ¿No se pretenderá volver a resucitarlas en estas Directrices de no se sabe qué grados? A mí no me casa una cosa con la otra.
Tabla 1: Estructura del Grado.
Estructura del Grado 240 créditos
Primer curso Materias generales y transversales (60 créditos)
Segundo curso Materias específicas (60 créditos)
Tercer curso Materias específicas (60 créditos)
Cuarto curso Materias específicas (60 créditos)
3.1 Primer curso (60 créditos): Las materias que se incluyan en el grado se deberán traducir en una serie de asignaturas, en las que se abordarán competencias generales y transversales. En la Tabla 2 se ilustra de modo gráfico el diseño del primer curso.
Tabla 2: Diseño del primer curso.
Competencia 1 Competencia 2 Competencia X
Asignatura 1
Asignatura 2 • •
Materias Asignatura 3 •
60 créditos Asignatura X • • •
Sobre el tema este de la invasión del lenguaje de las "competencias" frente al conocimiento no conviene perder de vista el demoledor análisis que hacía José Luis Pardo en este artículo.
El objetivo de este diseño de carácter general es facilitar el cambio de titulación a los alumnos que así lo deseen o estimen oportuno cuando hayan cursado estos primeros 60 créditos.
Los representantes del Comité Interdepartamental que asistieron a la reunión advirtieron al Sr. Vidal del peligro que este diseño excesivamente general podría entrañar, pudiéndose dar el caso, como en la actualidad ocurre en algunos planes de estudio de Filología Inglesa, que en el primer curso tan sólo se cursen dos asignaturas de la especialidad o de que los alumnos de primero tengan la sensación de estar repitiendo el segundo curso de Bachillerato. Con el fin de salvaguardar los intereses y formación académica de los futuros especialistas de Filología Inglesa o de cualquier otra especialidad, se sugirió que el MEC recomendara unos porcentajes, aunque fuesen mínimos, a saber, 60% para las asignaturas de la especialidad que los alumnos deseen cursar, y 40% para las asignaturas que permitan a los alumnos cambiarse de titulación dentro de un gran campo del saber, como Humanidades, después de haber cursado el primer curso (60 créditos).
Lo que yo no entiendo es cómo va a haber un 40% de asignaturas comunes a todas las titulaciones de "un gran campo del saber, como Humanidades." ¿40% de ... lengua española, latín e Historia? Aquí hay algo que alguien no tiene bien pensado, o bien entendido. Porque, insistamos, tal como se supone que está la cosa ahora, hay UNA directriz general para Humanidades, no una para inglés, otra para Historia, otra para Arte, etc. etc.
3.2 Segundo curso (60 créditos): Materias y asignaturas específicas. Su selección dependerá de cada universidad.
3.3 Cuando los alumnos hayan cursado 120 créditos, se emitirá un Certificado de Estudios Universitarios Iniciales (que no es un título ni una diplomatura), cuya función es dar a conocer al empleador los estudios que han cursado y los conocimientos y competencias que han adquirido. Uno de los objetivos de este certificado es que los alumnos que se vean obligados a abandonar temporalmente o definitivamente los estudios puedan acreditar alguna formación, aunque ésta sea mínima, y que puedan entrar y salir de la Universidad con facilidad.
Se entiende que el mero expediente académico no acredita nada, pues, aunque especifique los créditos cursados.
3.4 Tercer curso (60 créditos): Materias y asignaturas específicas. Su selección dependerá de cada universidad.
3.5 Cuarto curso (60 créditos): Materias y asignaturas específicas. Su selección dependerá de cada universidad.
3.6 En este segundo bloque de 120 créditos se habrán de incluir obligatoriamente varios tipos de actividades docentes, profesionales y/o de investigación: (a) prácticas, (b) estudios en el extranjero (para lo que se va a intentar arbitrar un sistema de financiación adecuado), y/o (c) trabajos de investigación.
3.7 Los cuatro años del grado han de ser coherentes. Por ejemplo, en un plan de estudios de un grado en Estudios Ingleses puro, prácticamente todas las asignaturas deberían ser de este campo, excepto en el primer año, en el que se introducirían otras materias y asignaturas de Humanidades.
Bueno, pero también se quieren fomentar los títulos mixtos, Inglés e Informática, o Derecho y Equitación, pongamos... (ver punto 4). ¿Alors? Por otra parte, enseguida se nos dice que los "campos" aludidos (y no puedo entender por tales sino las áreas de conocimiento) se suprimen. ¿Cómo se van a presuponer, entonces?
3.8 No se establecerán por directrices generales las pasarelas de una titulación a otra, pero pueden establecerlas las universidades.
4. Naturaleza y contenidos de los grados. Se abre la posibilidad de plantear el diseño de títulos puros y/o mixtos, y su implantación dependerá de los recursos de cada universidad y de la financiación que se reciba del organismo competente en cada Comunidad Autónoma. Muy importante:
4.1. Convalidación a nivel nacional e internacional: No se atenderá al ‘etiquetaje’ de lo cursado, sino a la acumulación (al número) de créditos cursados.
¿Número de créditos de qué tipo? Porque dicho así esto es absurdo. No van a convalidar créditos de Matemáticas por créditos de Enfermería, digo yo. Así que algún "etiquetaje" habrá, aunque no se considere el título de la asignatura (¿ni de la materia?) y se suprima el área de conocimiento. (Buf). ¿Equivalente todo lo de la misma "gran rama del saber", en este caso Humanidades? Perdón, pero ni eso me creo.
4.2 Habrá grados de maestro para música, educación infantil y primaria. Y quienes, habiendo cursado Filología Inglesa u otra especialidad, deseen presentarse a Magisterio, basta con que hagan el máster en formación del profesorado (que, dicho sea de paso, insistió el Director G.U., no figura por ninguna parte que lo tengan/vayan a dar los de Educación; ni siquiera figuran áreas de conocimiento). Será un máster ‘genérico’ atendiendo, en función de los medios, a lo específico.
Bueno, áreas de conocimiento malamente pueden figurar si se supone que las suprimen. (Un absurdo, repito). ¿O sea que el Máster de Educación no lo van a dar las Facultades de Educación? Pues ya lo que me faltaba por oír. Habrá que ver qué sucede si es nuestra Facultad de Filosofía y Letras, por ejemplo, quien se autopropone para implantar este Máster. ¿Y por qué Música es tan distinta a las demás materias? No lo entiendo, pero hay tantas cosas que no entiendo en esta reforma...
5. Financiación de los grados. La financiación dependerá del resultado de la negociación entre la Universidad y su Comunidad Autónoma.
6. POPS y títulos de máster oficial.
6.1 Los títulos máster, que podrán ser de carácter oficial o propio, serán considerados como un mérito adicional en el currículum del estudiante. En palabras del Sr. Vidal, ‘serán un mérito, pero no un requisito’.
¿O sea que no se va a exigir el título de Máster para ninguna profesión? Anda ya. Para empezar, ya están hablando del Máster de Profesor de Enseñanza Secundaria, como máster profesional reglado. Así que aquí alguien no ha entendido lo que se está diciendo. Tampoco se aclara, por supuesto, cuál será la diferencia en el caso de los másteres entre los oficiales y los propios (si la hay a efectos académicos y no meramente monetarios).
6.2 Doctorado. Los alumnos que deseen completar su formación académica con la investigación conducente a la confección de una tesis doctoral tendrán dos opciones: (a) haber cursado 60 créditos en algún curso diseñado por el propio departamento (no necesariamente máster) o (b) completar dichos créditos cursando parcialmente un máster oficial o varios (p.ej. 15 crs. en uno, 25 en otro, etc., dentro o fuera del departamento; en casa o en el extranjero).
Otra vez, ¿60 créditos de lo que sea? Porque si no hay áreas de conocimiento... Esto es un absurdo total. Supongo que la idea es que cada departamento ponga sus propios requisitos, pero semejante desregulación no tiene ni sentido ni futuro.
6.3 Habrá un Máster oficial en formación del profesorado de enseñanza secundaria que capacitará a los alumnos para ejercer su profesión docente. Dentro de este máster se incluirán materias y asignaturas de didáctica específica de la disciplina. El Director G.U., asegura que no consta en ninguna norma jurídica que lo tenga que impartir la Facultad de Educación; ni siquiera figuran áreas de conocimiento. Será un máster “genérico” atendiendo, en función de los medios a lo específico. Se le puso de relieve que existe un amplio descontento entre el profesorado de las facultades humanísticas y, en menor medida, de las de ciencias, con la actual propuesta de dicho máster, pero el Director General aseguró que no compartía las razones de ese descontento.
Habrá que ver si se requiere para las distintas especialidades de este Máster, si las hay, haber cursado Grados especializados o no, o si va a ser la continuación natural del Grado de Maestro. Todo esto parece estar totalmente en el aire.
7. Desaparecen las áreas de conocimiento.
La desaparición de las áreas de conocimiento, que sólo persistirán en las pruebas de habilitación y acreditación del profesorado, entraña importantes ventajas y desventajas para cualquier especialidad. El Sr. Vidal apeló al sentido común de las universidades, y a la evaluación final a la que todas ellas serán sometidas para velar por la calidad de los títulos y adecuación del profesorado propuesto para impartir las asignaturas.
No me creo nada. ¿O sea que las universidades no van a dotar plazas de determinada área de conocimiento, se entiende, sino sólo para impartir tal o cual materia? ¿O los departamentos no van a aglutinar una o más áreas de conocimiento? Esto de la supresión de las áreas de conocimiento ya lo oí hace tiempo, pero me hacen aún los oídos chiribitas cada vez que lo vuelvo a oír. Y es que no estamos, al parecer, a salvo de un iluminado tras otro que con una idea brillante nos viene a reformar la estructura completa del conocimiento de un plumazo. En fin, paciencia y barajar...
8. Calendario.
Noviembre 2006: directrices para las familias de campos del saber.
Diciembre 2006: directrices para las atribuciones de profesiones regladas.
Primavera 2007: Elaboración de los nuevos planes de estudio.
Panta reï. Comisiones habrá que se reúnan. Yo desde luego estaré en las menos posibles.
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