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Retropost (2006): Presuntos presos


Presuntos presos

Publicado en Ideología. com. José Ángel García Landa

"Presunción de inocencia" es una frase utilizada con demasiada alegría por la prensa, me parece. Entiendo el concepto un tanto fundamentador del derecho en el sentido de que generalmente no hay que considerar a alguien como culpable hasta que se ha demostrado su culpabilidad. Es un principio garantista que (incluso en nuestro ordenamiento jurídico excesivamente garantista) es saludable y muy de agradecer, sobre todo cuando te pasa eso que llaman los anglosajones being framed, que te hagan un montaje para hacerte pasar por culpable de algo. A mí desde luego me gustaría que me presumiesen inocente si lo era. (También si no lo era...).

Ahora bien, esto de la presunción de inocencia rechina bastante cuando deja de ser un principio inspirador general del derecho y se invoca preferentemente en los casos criminales más sonados, de manera un tanto incongruente — "bueno, hay que respetar la presunción de inocencia"... cuando los presuntos inocentes cantan tanto que han sido capturados mientras le cortaban el cuello a su señora en plena calle, o sorprendidos con una ametralladora y un saco atracando un banco... De los asesinados en estos casos nadie dice "los presuntos cadáveres". Y tenemos así, además, la paradoja (que hace parecer muy feo a nuestro sistema legal) de presuntos inocentes arrestados por la policía, encarcelados, obligados a pagar fianzas... Mientras, otros que son presuntos culpables para mucha gente, si bien no para la ley, se pasean "con cien mil delitos".

Vamos, que mal que nos duela, estos señores arrestados que digo no tienen nada de presuntos inocentes, excepto para algún incondicional, que todos los tenemos—y para la prensa, siempre. Para mí desde luego son (no me refiero a mi opinión sobre su culpabilidad, sino a lo que considero que es su status legal objetivo), o sea, son para la ley de facto, si no de boquilla, presuntos culpables, que por eso son enviados a prisión preventiva. Hasta que se confirme su presunción de culpabilidad, o se demuestre que no se puede demostrar su culpabilidad. Que no es lo mismo que demostrar su inocencia... aunque esta sí pase entonces a ser presumida por la ley, y bien que presumen de ella entonces los interesados.

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