Retropost (2006): Presuntos presos
 Presuntos presos 
Publicado en Ideología.  com. José Ángel García Landa 
 "Presunción de inocencia" es una frase utilizada con demasiada  alegría por la prensa, me parece. Entiendo el concepto un tanto  fundamentador del derecho en el sentido de que generalmente no hay que  considerar a alguien como culpable hasta que se ha demostrado su  culpabilidad. Es un principio garantista que (incluso en nuestro  ordenamiento jurídico excesivamente garantista) es saludable y muy de  agradecer, sobre todo cuando te pasa eso que llaman los anglosajones  being framed, que te hagan un montaje para hacerte pasar por culpable de  algo. A mí desde luego me gustaría que me presumiesen inocente si lo  era. (También si no lo era...).
Ahora bien, esto de la presunción  de inocencia rechina bastante cuando deja de ser un principio  inspirador general del derecho y se invoca preferentemente en los casos  criminales más sonados, de manera un tanto incongruente — "bueno, hay  que respetar la presunción de inocencia"... cuando los presuntos  inocentes cantan tanto que han sido capturados mientras le cortaban el  cuello a su señora en plena calle, o sorprendidos con una ametralladora y  un saco atracando un banco... De los asesinados en estos casos nadie  dice "los presuntos cadáveres".  Y tenemos así, además, la paradoja (que  hace parecer muy feo a nuestro sistema legal) de presuntos inocentes  arrestados por la policía, encarcelados, obligados a pagar fianzas...   Mientras, otros que son presuntos culpables para mucha gente, si bien no  para la ley, se pasean "con cien mil delitos". 
Vamos, que mal  que nos duela, estos señores arrestados que digo no tienen nada de  presuntos inocentes, excepto para algún incondicional, que todos los  tenemos—y para la prensa, siempre. Para mí desde luego son (no me  refiero a mi opinión sobre su culpabilidad, sino a lo que considero que  es su status legal objetivo), o sea, son para la ley de facto, si no de  boquilla, presuntos culpables, que por eso son enviados a prisión  preventiva. Hasta que se confirme su presunción de culpabilidad, o se  demuestre que no se puede demostrar su culpabilidad. Que no es lo mismo  que demostrar su inocencia... aunque esta sí pase entonces a ser  presumida por la ley, y bien que presumen de ella entonces los  interesados.
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