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Retropost (2006): ¿Estudios oficiales o feudales?



¿Estudios oficiales o feudales?

Publicado en Universidad. com. José Ángel García Landa


 Nota enviada hoy al Rincón de Opinión de la Universidad de Zaragoza, y a la lista de distribución del Colectivo de Profesores de la Universidad de Zaragoza. ¿Tendrá el Consejo de Gobierno realmente la intención de sentar este precedente, haciendo depender la docencia y la capacidad para dirección de tesis, de la pertenencia a equipos de investigación? La semana que viene lo veremos.

                                                                [José Angel García Landa]: ¿Estudios oficiales o feudales?

Los criterios del Postgrado en Estudios Ingleses vulneran la normativa universitaria al exigir la pertenencia a unos equipos de investigación para impartir docencia en segundo ciclo y dirigir tesis.

La Comisión de Postgrado de la Universidad ha aprobado y sometido a información pública, entre las demás propuestas de estudios de postgrado, el programa de doctorado en Estudios Ingleses que ha presentado el departamento de Filología Inglesa y Alemana. Este programa incluye criterios abusivos y feudales, excluyendo de la dirección de tesis doctorales, así como de la docencia en el máster, a los profesores que no pertenecen a los equipos de investigación dirigidos por los proponentes. Un criterio jamás visto antes en un programa de estudios oficial.

Según la LOU, tanto catedráticos como profesores titulares de los departamentos universitarios tienen plena capacidad docente e investigadora. Parece que eso garantizaría que pueden participar en los programas de estudios oficiales sin ser excluidos de entrada por condiciones que (contradiciendo este principio) serían ilegales. Ahora bien, la memoria del plan de estudios propuesto, y ahora aprobado por la Comisión de Postgrado, incluye los siguientes requisitos para el profesorado:

Con carácter general, para ser profesor del Doctorado perteneciente al Programa de Postgrado en Estudios Ingleses se requiere un mínimo de cinco años de experiencia docente universitaria en el campo de los estudios ingleses, además de un currículo docente e investigador adecuado y suficientemente relevante en dicho campo. A ello se añaden los siguientes requisitos:

Los Profesores responsables de la dirección de tesis serán Doctores en Filología Inglesa (o equivalente), pertenecientes a un equipo de investigación reconocido y que estén desarrollando un proyecto de investigación competitivo, dentro de las líneas de investigación de este programa. Además, deberán estar en posesión de, al menos, dos tramos de investigación positivos, el más reciente evaluado en los últimos nueve años, y tener evaluaciones medias positivas en su docencia de los últimos cinco años. Excepcionalmente, podrán dirigir tesis y participar en las actividades de investigación del Programa de Doctorado aquellos miembros de los equipos de investigación consolidados del Departamento, existentes o futuros, que participen activamente en proyectos competitivos, tengan más de cuatro años y menos de doce años de antigüedad como doctores, cuenten en su currículum con un tramo de investigación positivo y evaluaciones medias positivas en su docencia de los cinco últimos años.

Bueno, les falta poner los nombres, ¿no? Y si tienen lunares.

Quizá no se comprenda plenamente el alcance de esta normativa sin leer la última convocatoria de proyectos de investigación "competitivos" del Ministerio, que deja claro que pueden solicitar proyecto los "usuarios habituales", es decir, los directores de proyecto ya financiados, y que no pueden optar a la convocatoria quienes hayan participado en equipos de investigación financiados anteriormente, si no eran los directores. Una manera, blanco sobre negro, de institucionalizar el feudalismo en la investigación.

La normativa aprobada para el doctorado en Estudios Ingleses va igualmente destinada al apoyo mutuo de los directores de los equipos de investigación y quienes les siguen, con criterios claramente feudales. Ha sido recurrida ante el Rector y ante la Comisión de Postgrado. Pero teniendo en cuenta que ésta acaba de dar su aprobación al programa (diciendo que sí cumple los criterios para la dirección de tesis y trabajos), y teniendo en cuenta que la comisión está presidida por el Rector, quizá quepa anticipar que la respuesta al recurso interpuesto será el silencio administrativo. Una solución ampliamente aplicada por las autoridades académicas, según es bien conocido, ante las denuncias de prácticas abusivas y del acoso administrativo.

Se dio a conocer el recurso contra este programa a la Comisión de Doctorado de la Universidad, competente a la hora de definir los criterios para dirección de tesis doctorales. La comisión emitió una valoración negativa sobre estos requisitos para la dirección de tesis, pues no se atienen a la normativa dictada por la propia universidad (que requiere un tramo de investigación o equivalente, y, según rezan los Estatutos, "la pertenencia a grupos no podrá ser requisito absoluto o excluyente de adjudicación de recursos para la investigación o de becas", Art. 119.4). Ahora bien, la Comisión de Doctorado de la universidad ya no es competente para aprobar estos postgrados elaborados en el marco del nuevo Real Decreto—aunque opine que no cumplen con la legalidad, y haya comunicado esa valoración al Gabinete Jurídico, al Vicerrector de Ordenación Académica, y al Rector.

De seguir adelante la aprobación de este postgrado, todo este procedimiento ignorante de la normativa universitaria se someterá a un contencioso administrativo.

José Angel García Landa
Profesor Titular de Universidad
Departamento de Filología Inglesa y Alemana
http://garciala.blogia.com


PS: Se ha enterado del caso, supongo que a través de Fírgoa, uno de los organizadores del reciente congreso sobre Corrupción y Acoso en la Universidad Pública, y me ha escrito interesándose por el tema. Estimado compañero, le contesto,

Gracias por tu interés por el caso que me mencionas y que me ha tenido ocupado estos días. Se trata, como dices, de un postgrado (de Estudios Ingleses) en el que se quiere restringir la capacidad de dirección de tesis doctoral a las personas que tengan un proyecto de investigación financiado- más en concreto, a los miembros de los proyectos dirigidos por los coordinadores del postgrado. Por suerte es, como ves, un asunto muy local, unido a la situación muy concreta de un departamento y a la personalidad y planes muy específicos de los coordinadores; no se trata (¡espero!) de que la Universidad esté planeando introducir este criterio como general. De hecho, aunque de momento les deja hacer, y hasta puede que apruebe el postgrado con estos criterios, es bastante posible que se haga corregir este punto: esto está aún investigándolo el gabinete jurídico de la Universidad (cualquiera diría que no haría falta, pero en fin, si se investiga bienvenido sea). Espero, por tanto, que el asunto no llegue a merecer vuestra atención... aunque por supuesto te agradezco que te molestes en escribirme, y puedes contar conmigo para que te dé más información en el futuro si esto siguiese adelante, que ójala no. De lo que hay hasta la fecha, puedes seguir un poquito la historia en mi blog,
http://garciala.blogia.com
 en especial en el enlace "Departamento" de la columna de la derecha. En concreto, en este artículo
http://garciala.blogia.com/2006/111602-mira-a-ver-si-lleva-el-sello.php
tienes enlaces a la memoria del postgrado, a los criterios generales sobre dirección de tesis de la Universidad, y al visto bueno que de manera un tanto por inercia le ha dado al programa en cuestión la Comisión de Estudios de Postgrado, aunque de hecho la comisión está pendiente de la resolución del gabinete jurídico sobre el recurso que presentamos, y los responsables del Rectorado al menos sí manifiestan dudas sobre la legalidad de este procedimiento.

Como te digo, es un tema que espero quede en anecdótico, aunque por supuesto la "parte contraria" (los directores de los equipos de investigación del Departamento) tienen mucha confianza en que estos criterios sí van a aprobarse para su postgrado, que consideran excepcional de todo punto.

Aprovecho para felicitaros por la organización el reciente congreso sobre corrupción y acoso en la Universidad pública, y por la labor que estáis realizando. Algunos por aquí os hemos leído con agrado (otros supongo que menos). Creo que la Red es un instrumento de primer orden para exponer las maniobras de manipulación y facilitar que estos casos se conozcan. Por cierto, sobre una cuestión sí me gustaría llamaros la atención: los criterios absolutamente personalistas y de "grupito" que han aparecido para la concesión de proyectos I+D en la última convocatoria ministerial. No soy experto en leyes, pero dudo mucho de que sean legales. Hablé sobre esto en otro artículo de mi blog:
http://garciala.blogia.com/2006/101902-esto-apesta.php

Claro que es posible que este asunto caiga fuera del ámbito de actuación de vuestra asociación. Ya hay bastante faena con el tema que habéis elegido, o que os ha elegido.

Un saludo muy cordial,
JOSE ANGEL GARCIA LANDA

Todas me las dan









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Retropost (2006): Mira a ver si lleva el sello

Mira a ver si lleva el sello

Publicado en Universidad. com. José Ángel García Landa

Qué raro. Si se mira esta memoria de postgrado (PDF), dice que en este programa (oficial y de una universidad pública) sólo podrán dirigir tesis los señores que pertenezcan a unos equipos de investigación determinados. Lo cual contraviene la LOU (PDF) cuando dice (Art. 56.1) que todos los profesores titulares y catedráticos tienen plena capacidad docente e investigadora. Contraviene también la normativa interna de la Universidad de Zaragoza, que establece estos otros criterios para la dirección de tesis (nada de participación en los proyectos de investigación de los catedráticos). Contraviene los Estatutos de la Universidad (PDF), que dicen que la pertenencia a grupos de investigación no puede ser criterio excluyente (para recibir recursos de investigación—cuánto menos, supondría uno, para estar capacitado administrativamente para la docencia en programas oficiales o la dirección de tesis). Y contraviene el dictamen de la Comisión de Doctorado de la Universidad.

Que contraviene estas normas lo sabe muy bien el presidente de la Comisión de Postgrado (o sea, el Rector de la Universidad de Zaragoza, y por delegación el Vicerrector) porque se le hizo llegar un recurso contra este programa de postgrado (del cual se habla aquí).

Y sin embargo, la Comisión de Postgrado emite hoy este informe (PDF) donde puede apreciarse que todo está perfecto: informe positivo hecho con tiralíneas, y especificando en el punto clave que "¿se cumplen los criterios para dirección de tesis y trabajos?— SÍ". Pues lo siento, pero yo opino que es más bien que NO. Y no se cumple, además, la Ley Orgánica de Universidades, aunque eso no lo pregunte el cuestionario del informe.

¿Será este informe positivo de la Comisión de Postgrado una respuesta al recurso? No creo que haya de tomarse como una respuesta negativa implícita... de momento. La universidad funciona bastante a piñón fijo, y da curso a los papeles de modo cansino, sin examinar mucho el fondo de los asuntos a menos que se vea obligada a hacerlo. Es decir, si se contesta el recurso, se anulará esta decisión de la Comisión de postgrado, y la del Consejo de Gobierno también si aprueba los postgrados presentados en su próxima reunión. Entretanto, todo el mundo procura mojarse lo menos posible... y que nos gobierne la Asesoría Jurídica, que es la única que sabe de leyes.

Entiendo esta manera de proceder—digo que la entiendo, porque conozco la Universidad. Entiendo también que desde el punto de vista de los proponentes del postgrado, que creen que cumplen la legalidad (?—corramos aquí un tupido velo de duda)—se vea como el proceder más adecuado. Ahora bien, me opongo a esta manera de actuar, y al informe de la Comisión de postgrado, en tanto que firmante del recurso presentado. Pues a la espera del informe jurídico y de la posible respuesta del Rectorado al recurso, lo que hace la Comisión de Postgrado es dar por buenos los criterios de este postgrado, que incumplen las normas, informando de que a su entender sí cumplen las normas. Producen un informe que ni sabe ni contesta sobre el recurso que conocen, y que no entra a valorar los argumentos que allí se presentan. Y eso me perjudica: a mí y al buen hacer en la Universidad. Porque de optar el Rector por el silencio administrativo, resulta que aquí no ha pasado nada, ni nadie en la Universidad ha opinado nada, en los órganos relevantes, sobre el meollo del tema: a saber, si sólo han de poder dirigir tesis doctorales los doctores que estén en proyectos de investigación dirigidos por los coordinadores del postgrado. Es que dicho así suena patético y absurdo—es que lo es. No hace falta tener un doctorado en leyes para verlo. Son unos criterios para dirección de tesis que no se han visto hasta ahora ni en las tiranías orientales. Sólo les falta poner nombre y apellidos de los interesados en lugar de normas, o especificar dónde han de tener el lunar quienes aspiren dirigir tesis. Y ahora con el marchamo de Calidad que les ha endosado la Comisión de Postgrado, ¡PLAS!, —siguiente.

Desde luego, de aprobarse los postgrados a nivel de Universidad, el asunto irá a contencioso administrativo ipso facto, sin esperar a una hipotética respuesta al recurso, ni a que el silencio administrativo nos juegue la mala pasada de hacer transcurrir los plazos de recurso en los tribunales.

El tiempo que se pierde con este acoso administrativo de los corros de influencia. Atacan primero, y así atacan dos veces, y te hacen perder el tiempo deshaciendo intrigas que nunca dan lugar a una sanción. Si no tuviera yo que estar redactando recursos contra normas abusivas que nos quieren hacer tragar los poderes fácticos (catedráticos y directores de proyectos) con cuchara y cucharón, pues estaría estudiando Filología Inglesa, que es para lo que me pagan. Pero nada. Lo triste es cuando las instancias superiores prefieren dar paso libre a quien va apartando a la gente del camino a empujones y contraviniendo la normativa. Now it's the time for your tears, que decía Bob Dylan.

Esto apesta



Etiquetas: Universidad, Recursos, Postgrado, Manipulación, Feudalismo

Retropost (2006): Un Consejo de Oscuros Funcionarios

Un Consejo de Oscuros Funcionarios

Publicado en Departamento. com. José Ángel García Landa

Ayer tuvimos Consejo de Departamento, una experiencia que desde que entró en vigor la LOU se ha vuelto más minoritaria y restringida, con lo cual da más para el ego. Antes iban al Consejo todos los profesores del Departamento; con la LOU sólo los que van con derecho propio (como yo) y representaciones de los no permanentes y no doctores. Que haberlos hay muchos, circulando en todas direcciones, ayer nada más le "dieron la bienvenida" in absentia a dieciocho nuevos profesores, mayormente asociados con un pedazo de contrato. "Pedazo contrato" no en el sentido de Forges, sino "pedazo" porque es a tiempo parcial. Pues eso, que de los ciento y pico miembros profesores del Departamento, tienen derechobligación de ir a Consejo unos sesenta, y de esos van unos cuarenta... en horas puntas, pues cuando la sesión se alarga o hay que preparar la comida, ya muchos van clareando. Yo y mi Media Naranja aguantamos bravamente hasta el final, pidiéndole a la nanny que hiciera horas extras recogiendo a los nenes del cole y dándoles de comer.

Mucha gente ya no va al Consejo de entrada. Unos porque viven en ciudades a cientos de kilómetros de distancia; otros porque se les sube la taquicardia, otros porque no van a opinar (de hecho pocos toman la palabra, y menos mal porque si no no acabaríamos nunca)—o no saben no contestan, o tienen cosas más interesantes que hacer que ésta que es su obligación por la cual les pagan. Otros para ahorrarse sofocos, vergüenzas, o porque confían en que su grupo que sí asiste defenderá suficientemente sus intereses. Y es que un Consejo es aburrido sólo según se mire. Visto como Living Theatre, da bastante de sí.

En el Informe de la Dirección se nos comunica que nuestro escrito solicitando la revisión del programa de doctorado de Estudios Ingleses no va a ser atendido... puesto que ya que hemos planteado un recurso, a pesar de las indicaciones a nuestro favor de la Comisión de Doctorado de la Universidad, se va a esperar a la resolución del recurso. Así que entre tanto sigo expulsado del Doctorado. También se nos dice que por fin va a ser publicada la memoria de actividades de nuestro departamento, con un retraso considerable este año... y es que hay gente que la boicotea y no envía los datos de lo que hacen.

Luego hay una sección de la reunión en la que se ratifican las actas elaboradas por las distintas comisiones. Se revisan 31 actas con numerosos anexos, escritos satélites, etc. Por supuesto son las comisiones las que hacen el 98% del trabajo del departamento en reuniones y papeleo; si lo tuviera que hacer el Consejo in person pues viviríamos en consejo y encima no se haría. En los veinte años que llevo desde la constitución de este departamento, aún hay un tema que las distintas direcciones y Consejos no han logrado desentrañar... o que no están interesados en desentrañar, porque se presta muy bien para que se aplique la ley del embudo en cuanto conviene. Es el siguiente. El orden del día reza así, por ejemplo: "Ratificación, si procede, de las actuaciones de las diferentes comisiones departamentales". Y llega el acta de una comisión (a veces incluso son comisiones que no existen administrativamente, reuniones extraoficiales con actas; y otras veces las reuniones de las comisiones van precedidas de estas reuniones extraoficiales con acta o sin ella: un pequeño caos legal, realmente). Resulta que la comisión nunca ha aprobado previamente el acta que presenta al consejo, por operatividad o por no multiplicar las entidades; y así el Consejo tiene que aprobar a la vez el carácter fidedigno del acta (supongo que eso se refiere a los miembros de las comisiones en cuestión que estén presentes allí) y tiene a la vez que ratificar la actuación de la comisión en tanto que delegada del Consejo. Con lo cual, a veces se dice "esto ya está aprobado y es decisión tomada, no se puede tocar", otras veces "No, a revisar, que sólo se ha aprobado la redacción del acta". Uf. No es extraño que a veces se líe el tema: ayer fue una sesión especialmente caótica en ese sentido. Un presidente de comisión manda una carta comunicando un acuerdo unánime que otros miembros dicen que no se tomó; una comisión presenta un acuerdo que luego es impugnado por uno de los supuestos acordadores, o por su grupo, y hay que deshacer la actuación de la comisión, etc. etc. A veces parece que no se aclaran ni los propios presentes de lo que se ha acordado en una reunión; otras veces se desconoce el derecho de hacer voto particular y disociarse de la decisión tomada colegiadamente. Me parece que unas lecciones de derecho administrativo básico nos vendrían bien a todos. Por suerte esta vez no hubo muchas antinomias administrativas aparte del plomazo...

Sí hubo alguna, resuelta por votación, y unida a penosos agravios personales—aunque esto último no cuenta para la Administración. En cuanto a resolver el asunto por votación, me temo que no era el procedimiento más adecuado... pues si a un absurdo administrativo se le suma una votación improcedente y recurrible se crean dos absurdos en lugar de uno. El tema es que un profesor se sentía perjudicado por un acuerdo de una comisión, pero lo acataba, aunque quería que constase su oposición. Los catedráticos que lo apoyaban decidieron que había de revisarse el acuerdo, aunque ya se había decidido en un Consejo de Departamento anterior que la decisión de la comisión iría a misa (o sea, a instancias superiores). Y forzando la votación (de algo imposible de votar, porque ya se había decidido y pasado la decisión hace meses a otras instancias) pues se lograron dos efectos: uno, lograr un absurdo administrativo; dos, castigar a una de las firmantes de aquel recurso presentado contra el programa de doctorado diseñado por los catedráticos. Me temo que el absurdo administrativo vuelve absurdo el intento de castigo, pero ya veremos. Las antinomias mal se resuelven por votación. Como decía Roberto Carlos: errores no corrigen otros, eso es lo que pienso.

Un asunto espinoso y recurrente nos atormenta reunion tras reunión: la discusión sobre qué es lo que hay que hacer constar en acta y qué no es objeto de innumerables disquisiciones, a pesar de que según la ley está claro que han de recogerse los acuerdos, y sólo necesariamente las intervenciones que explícitamente deseen hacer constar los miembros del órgano colegiado....  Ayer vivimos momentos de surrealismo kafkiano revisando actas (¡y grabaciones de las sesiones! de marzo pasado) A veces las votaciones también son un caos, porque no queda claro cuál es la implicación de lo que se vota, si va a haber una segunda vuelta entre propuestas más votadas, etc.  Pero el debate y votación de la división del departamento en tres secciones debería quedar para los anales de la Circumlocution Office de Dickens.

Un dato que pasó casi desapercibido. La Comisión de Planes de Estudios propone que se parta, para la reforma del plan de estudios de nuestra carrera, de la ficha del grado de Estudios Ingleses propuesta por AEDEAN. Que a mí no me gusta, pero en fin. Supongo que en cuanto a la denominación del título se irá con pies de plomo antes de abandonar una denominación existente y asociada a un área de conocimiento oficial ("Filología Inglesa") por una todavía inexistente y a la que se le han puesto pegas administrativas.

Ayer vimos, por otra parte, el Triunfo y Apoteosis del Sexenio. La LOU requiere que los miembros de algunas comisiones y tribunales de acceso a puestos universitarios tengan "experiencia investigadora acreditada", y en nuestra universidad eso se ha interpretado en el sentido de que tengan un complemento salarial de esos que se dan por sexenios de investigación. Eso de usar un complemento salarial como criterio administrativo fue muy polémico, y hubo un movimiento en contra del Sexenio (en tanto que cuerpo administrativo fantasma) que sacó un manifiesto al cual me adherí; y se recurrió el tema, por lo visto sin éxito apreciable. Los primeros tiempos era un secreto bien guardado eso de quién tenía sexenio y quién no. Naturalmente es un tema que se presta bien a las pequeñas miserias y acosos que tan bien se nos dan en el medio académico: Juanito me parece que no tiene sexenio, no lo pongas en el tribunal, o ¿alguien sabe si Periquito tiene sexenio? Es que no ha venido a la reunión. Bueno, pues el sexenio va a más, y las ocasiones de sexar al personal in praesentia o in absentia también. Algunos no han pedido nunca sexenio por estar en contra; a otros se les ha denegado (cosa que provoca humillaciones y ofensas que no creería quien no las ve—¡y eso antes de conocer las consecuencias locales que va a acarrear!), otros pavonean sus sexenios peacock-like, otros, humildes, esperan su turno y aguardan instrucciones. Pues eso, que a medida que la LOU se va aplicando, los sexenios van causando efecto, en especial a la hora de nombrar tribunales. Y es que para un tribunal hay que nombrar a doce personas con sexenio, entre miembros titulares, suplentes, y ternas propuestas al Rectorado para que designe a sus propios designables y sus respectivos suplentes. Yo renuncio de entrada a formar parte de tribunales, mientras haya voluntarios. Así nadie se pondrá a investigar si tengo sexenio o no.

Vuelve el sexenio a la carga a la hora de tratar el punto 8 de la reunión de ayer, "Propuestas para la composición y funciones de la Comisión de Posgrado del Departamento". Como funciones, se acuerda, claro, que se ocupe de los asuntos de postgrados (nuevos, incluyendo nuevos doctorados) y de doctorado (viejo plan). Lógico. En cuanto a composición... hasta ahora eran miembros todos los doctores del departamento. Ahora se somete a votación si han de ser miembros todos, o sólo los doctores con sexenio. (El plan de nuestras fuerzas vivas Investigadoras me parece oler que era que sólo fuesen miembros de la Comisión de Doctorado los doctores sexeniados y miembros de un equipo de investigación. Pero se han debido cortar cuando presentamos el recurso el otro día). En fin, que sale por mayoría que los doctores sin sexenio no formen parte de la comisión. (Votos, de todo hay: los sexeniados mayormente votan esto, claro, otros no; de los des-sexeniados, algunos se abstienen, quizá porque no se les llame resentidos o parciales, quizá sintiéndose perros apaleados—o quizá creyendo de buena fe que no tienen derecho a estar allí, jeje... ; otros votan disciplinadamente la propuesta de los SenexSeniati, otros votan en contra también...). Yo voté a favor de que fuesen todos los doctores a la comisón, pero ná.

En Ruegos y Preguntas, ruego que se me informe del número de estudiantes matriculados en el nuevo Máster de Estudios Textuales y Culturales (con cuyos criterios e implantación disentí fuertemente en su momento). Este era al parecer el secreto mejor guardado, pues esta misma pregunta causó indignación y furor en el pasado Consejo de Departamento, aunque (¿a pesar de que?) no se tenían los datos y no se me pudo contestar.  Esta vez se me contesta educadamente que hay ocho estudiantes matriculados, y que se espera que sean más en años venideros. Inocente no es que sea la pregunta, pero desde luego tengo derecho a conocer los datos, y el Consejo también, así que bienvenida sea la respuesta. También le pregunto al Director por la cifra de estudiantes matriculados en Filología Inglesa, y por su evolución en años recientes. No se tienen los datos, me dice, y no ha sido costumbre informar sobre ellos... así que solicito que se incluyan en futuros informes de la dirección, por ser todos estos datos de interés y relevancia para nuestra actividad. ¿O no?

Ah, estudiantes. Eso es lo de menos. De hecho, estos últimos años no asiste a los Consejos ni uno solo de los representantes elegidos por los estudiantes. Fracaso del sistema representativo: rotundo. No es extraño que los profesores nos dediquemos a nuestras batallitas y obsesiones, con tan poco marcaje.

La apatía del profesorado




 

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Retropost (2006): La falacia democrática de los órganos


La falacia democrática de los órganos

Publicado en Departamento. com. José Ángel García Landa

Escrito al Director del Departamento circulado hoy a los miembros del Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana, Universidad de Zaragoza:

Remitentes: Dres. José Angel García Landa, Micaela Muñoz Calvo, Beatriz Penas Ibáñez, Departamento de Filología Inglesa y Alemana.
Destinatario: Sr. Director del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, UZ.
Asunto: Solicitud de asuntos a tratar en Consejo de Departamento.
Fecha: 3 nov. 2006

Sr. Director:

Con fecha 5 de octubre le remitimos a Vd. copia del recurso presentado ante el Excmo y Mgfco Sr. Rector de la Universidad de Zaragoza, contra la decisión del Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana de fecha 2 de Octubre de 2006, en el que se aprobaba la propuesta de programa de Doctorado en "Estudios Ingleses" con unos criterios de organización docente que vulneran la legalidad vigente y atentan contra las prácticas deseables en nuestra Universidad.

Enviamos asimismo una copia del recurso a la Comisión de Doctorado de la Universidad, órgano encargado de la aprobación de programas de doctorado, y a la Comisión de Postgrado. Vd. ha recibido una comunicación de la Comisión de Doctorado, que en su respuesta (sin entrar a resolver el recurso, pues va dirigido al Rector) deja muy claro cuáles son las normas a las que ha de atenerse la participación de doctores en Tercer Ciclo. Reproducimos aquí la resolución de la Comisión de Doctorado de la Universidad sobre el particular:
En relación a su escrito con registro de 19 de octubre de 2006, desearía comunicarle lo siguiente:
1. Dado que, según nos indica, se trata de un recurso ya presentado ante una instancia superior, esta Comisión entiende que debe inhibirse de emprender cualquier acción tendente a la resolución del mismo, limitando su actuación a la de emitir informe al respecto, próximamente, si así se le requiriese desde el Rectorado (circunstancia que no se ha producido hasta el día de la fecha).
2. Esta Comisión entiende, por ello, que la respuesta a su escrito debe limitarse a ratificar —según acuerdo tomado en el día de la fecha, en sesión ordinaria— cuál ha sido y cuál continúa siendo su criterio respecto al asunto de su interés:
2.1. De acuerdo con lo que establece el Real Decreto 56/2005, en su art. 11, el director de Tesis será un doctor con experiencia investigadora acreditada. La elaboración de los criterios que deben definir esa "experiencia investigadora acreditada" y la responsabilidad de su aplicación fue encomendada por nuestra Universidad a esta Comisión de Doctorado, cuyos acuerdos a tal efecto se hallan reflejados en las normativas vigentes y de actual aplicación (Acuerdos de Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2005 y de 6 de julio de 2006, y de Comisión de Doctorado del 27 de septiembre, 2 y 14 de noviembre de 2005).
2.2. Intención de dichas normativas fue la de dar cumplimiento al nuevo marco jurídico, la de garantizar, en consonancia, una mínima calidad exigible en la dirección de Tesis y composición de tribunales y asimismo —a pesar de la dificultad del proceso que tal decisión suponía— la de permitir el acceso a dirección de Tesis y a tribunales a cuantos candidatos acreditasen —independientemente de cualquier otro criterio— experiencia investigadora suficiente a juicio de esta Comisión, de acuerdo con criterios objetivos y públicos.
2.3. La relación de profesores e investigadores encargados de la dirección de Tesis elaborada por los Departamentos y órganos responsables de Posgrado (cap. III, art. 7 de nuestra normativa sobre posgrados de 6 de julio de 2006) debe ajustarse a lo establecido en dichas normativas. Es esta Comisión de Doctorado la única encargada de aprobar o desestimar la dirección de proyectos de Tesis y la composición de tribunales, a propuesta de dichos órganos, dentro de nuestra Universidad ("Disposición adicional única" de la normativa antes mencionada).
2.4. El establecimiento de criterios mínimos de nuestra Universidad —en consonancia con los aplicados por otras muchas— responde al mandato de garantizar la calidad de las Tesis, pero también al de preservar la plena capacidad docente e investigadora de cuantos investigadores cumplan dichos requisitos mínimos, considerados por esta Comisión como necesarios y suficientes.
Dada la trascendencia y posible gravedad del asunto que se nos comunica, como posible precedente, se remite copia del presente escrito al Gabinete Jurídico de nuestra Universidad, al Excmo. Sr. Vicerrector de Ordenación Académica y al Excmo. Sr. Rector.
Lo cual pongo en su conocimiento a cuantos efectos considere oportunos.

Como se verá, el dictamen de la Comisión de Doctorado al respecto es clara, y se considera que los criterios propuestos por el programa de Doctorado "Estudios Ingleses" vulneran la normativa existente—como ya expusimos en su momento en el Consejo de Departamento. Consideramos que, ante esta información, el Departamento está obligado a corregir la decisión de aprobar un programa de Doctorado ilegal. Sería del todo improcedente e irregular que el Departamento optase por no actuar correctamente. Solicitamos, por tanto, como medidas a adoptar en el próximo Consejo de Departamento del día 10 de noviembre:

a) Que aunque se apruebe el acta del Consejo de Departamento del 2 de Octubre en tanto que reflejo de lo que allí se trató, se informe de la imposibilidad de aprobar el programa de doctorado de "Estudios Ingleses" en los términos allí propuestos, y se trate como asunto de trámite o urgente su modificación.

b) Que se actúe en consecuencia revisando los criterios aprobados en diciembre pasado para la docencia en el Máster de Estudios Textuales y Culturales. No tendría sentido académico alguno que se mantuviesen para el máster, o en lugar alguno del postgrado de Estudios Ingleses, unos criterios que la Universidad considera ilegales por su carácter restrictivo incluso en lo que es el nivel superior al máster, es decir, el Doctorado. Por otra parte, habiéndose aprobado esos criterios de asignación docente para el postgrado, se ha creado un absurdo administrativo, pues se ha ignorado la existencia previa de criterios objetivos baremables (académicos, profesionales y de investigación). Es urgente aclarar qué criterios rigen para la asignación de docencia en este Departamento, y aclarar si el Postgrado puede ser un coto aparte con normas propias que vulneren la normativa universitaria. Parece claro que no puede ser.

Recordamos por último a Vd. que el Consejo no puede tomar decisiones que vulneren la normativa universitaria, y que en caso de que lo haga por votación, corresponde al propio Director velar por que se aplique la normativa vigente, apelando si es preciso a instancias superiores. Los Directores no deben en ningún caso hacer suyas las decisiones contrarias a derecho que hayan podido tomar los cuerpos colegiados que presiden, sino antes bien adoptar las medidas necesarias para normalizar la situación cuanto antes.
Zaragoza, a 3 de noviembre de 2006.

Firmado:

José Ángel García Landa
Profesor Titular de Universidad
Departamento de Filología Inglesa y Alemana, Facultad de Filosofía y Letras


Micaela Muñoz Calvo
Profesora Titular de Universidad
Departamento de Filología Inglesa y Alemana, Facultad de Ciencias


Beatriz Penas Ibáñez
Profesora Titular de Universidad
Departamento de Filología Inglesa y Alemana, Facultad de Filosofía y Letras



Es curioso que este principio de que los funcionarios han de seguir la normativa vigente es tan obvio que es difícil localizar puntos específicos de la Ley de la Función Pública que se refieran a él. Sólo en términos ya de palabras mayores se habla del asunto: prevaricaciones, cohechos, etc. Y es curioso también, pero muchos miembros de órganos colegiados entran con cierta frecuencia en una dinámica (dinámica de grupos, o de partidos) en la que parecen creer que todo lo que se apruebe en esos órganos es legítimo por el simple hecho de que haya sido votado por una mayoría, aunque esa mayoría haya votado algo que no es de su competencia y cae fuera de las atribuciones del órgano colegiado en cuestión. Podríamos llamarlo la "falacia democrática" de la Administración. La vemos a todos los niveles, y con frecuencia las instancias superiores prefieren tratar la situación con paños calientes en lugar de interpretarlo como acciones que utilizan grupos influyentes para acosar a minorías tergiversando las leyes, y manteniendo a las minorías a la defensiva permanente y en un estado de inseguridad legal, y teniendo que nadar sólo para seguir en el mismo sitio. Una consideración que podría ser susceptible de un tratamiento muy diferente. ¿Mobbing? ¿Acossing? Pero qué dice usted, hombre, aquí somos más finos...


PS: Adjunto un e-mail enviado por la Dra. Onega, coordinadora del programa de Estudios Ingleses propuesto, dando a conocer un escrito que ha dirigido al Rector.

Hola a todos. Os mando copia del mensaje que acabo de enviar al Rector, con copia de la carta de J.A. Voy a mandar otra al Presidente de la Comisión de Doctorado.
Saludos, Susana

Querido Rector: Te mando copia de esta sorprendente carta que ha envíado José Angel García Landa a todo el Departamento de Filología Inglesa y Alemana. Como verás, la carta que adjunta va dirigida al Director, y en ella trata de evitar que se ratifique en el Consejo ordinario que tendremos este viernes al Acta del consejo anterior en la que se aprobó la adaptación del Doctorado de Calidad que dirijo al nuevo postgrado aprobado el año pasado. La razón por la que he decidido darte conocimiento de este escrito es porque en él se cita literalmente un amplio párrafo de una carta supuestamente enviada por el Presidente de la Comisión de Doctorado al Director de nuestro Departamento. Me pregunto cómo ha llegado esta carta al Dr. García Landa y también cómo es posible que siendo yo la coordinadora del Programa de Doctorado no se me haya enviado una copia para mi conocimiento. Además, considero muy grave que el Presidente de la Comisión de Doctorado se haya dirigido por escrito al Director sobre un tema que, como él mismo reconoce en el escrito que se le atribuye, está aún en manos del Gabinete Jurídico, y fuera por tanto de sus competencias.
Comprenderás el desanimo que me invade viendo cómo se está manejando este asunto y te ruego encarecidamente que tomes las medidas oportunas para reencauzarlo antes de que perdamos uno de los pocos Programas de Doctorado con Mención de Calidad que tenemos en nuestra universidad. Ni que decir tiene que ésta es la única meta que ha movido al Dr. García Landa a emprender esta campaña.
Saludos afectuosos, Susana Onega

Prof. Susana Onega
Dpto. de Filología Inglesa y Alemana
Facultad de Filosofía y Letras
50009 Universidad de Zaragoza


  Nota aclaratoria al e-mail de la Dra. Onega:

La carta al Director y a los miembros del Departamento a que se alude va firmada por tres personas, no sólo por "el Dr. García Landa". En cuanto a la imputación de motivos que se me hace, es injusta. Me opongo, eso sí— nos oponemos—a que se intente llevar adelante la implantación de un programa de doctorado con una normativa abusiva e ilegal. Insistir en que han de hacerse las cosas según las normas no es una manía personal mía, o nuestra. Es nuestra obligación. Sería deseable, por supuesto, el mantenimiento de la mención de calidad al programa, pero no ayudará a ello la tergiversación de la normativa. Los fines importan, pero también los medios.

Más papistas 
 
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Retropost (2006): Se aconseja rectificación estratégica



Se aconseja rectificación estratégica

Publicado en Departamento. com. José Ángel García Landa

El 19 de octubre pasado presenté, junto con dos profesoras de mi departamento, un recurso contra una decisión del Consejo de Departamento. Apelaba contra la aprobación del nuevo doctorado en Estudios Ingleses que incluía unos criterios abusivos, que en sustancia exigían a los doctores tener un proyecto de investigación subvencionado actualmente en curso para poder dirigir tesis doctorales. Aquí expuse mi protesta contra esos criterios abusivos (que son producto del feudalismo académico, y por supuesto irían dirigidos a realimentarlo). Máxime cuando los requisitos para obtener subvenciones para un proyecto de investigación o reconocimiento como equipo investigador son también absurdos, abusivos y feudales, como he expuesto recientemente.

No es sorprendente que en un órgano dominado por los miembros de los equipos de investigación, como es el Consejo de Departamento, pueda salir aprobado, de modo supuestamente "democrático", un plan que vulnere la legalidad y los derechos de quienes no pertenecen a esos equipos. Es triste que así sea, desde luego, máxime cuando se exponen con toda claridad a quienes apoyaron este programa los motivos por los que éste es injusto, ilegal, y puede ser recurrido. Otros casos de ceguera obcecada hemos visto antes, y también ha habido que recordar cuáles son las leyes generales a las que hemos de sujetarnos todos. Tanto más preocupante es que no se aprendan estas lecciones, cuando se vienen repitiendo.

Bien, pues el recurso no está resuelto, pues no ha contestado todavía el Rector. Ahora bien, también habíamos enviado una copia a la Comisión de Doctorado, el órgano que efectivamente se encarga de aprobar, a nivel de Universidad, los programas de Doctorado y los criterios a los que se atienen. Y esta es la respuesta que he recibido esta semana de la Comisión de Doctorado:

En relación a su escrito con registro de 19 de octubre de 2006, desearía comunicarle lo siguiente:
1. Dado que, según nos indica, se trata de un recurso ya presentado ante una instancia superior, esta Comisión entiende que debe inhibirse de emprender cualquier acción tendente a la resolución del mismo, limitando su actuación a la de emitir informe al respecto, próximamente, si así se le requiriese desde el Rectorado (circunstancia que no se ha producido hasta el día de la fecha).
2. Esta Comisión entiende, por ello, que la respuesta a su escrito debe limitarse a ratificar —según acuerdo tomado en el día de la fecha, en sesión ordinaria— cuál ha sido y cuál continúa siendo su criterio respecto al asunto de su interés:
2.1. De acuerdo con lo que establece el Real Decreto 56/2005, en su art. 11, el director de Tesis será un doctor con experiencia investigadora acreditada. La elaboración de los criterios que deben definir esa "experiencia investigadora acreditada" y la responsabilidad de su aplicación fue encomendada por nuestra Universidad a esta Comisión de Doctorado, cuyos acuerdos a tal efecto se hallan reflejados en las normativas vigentes y de actual aplicación (Acuerdos de Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2005 y de 6 de julio de 2006, y de Comisión de Doctorado del 27 de septiembre, 2 y 14 de noviembre de 2005).
2.2. Intención de dichas normativas fue la de dar cumplimiento al nuevo marco jurídico, la de garantizar, en consonancia, una mínima calidad exigible en la dirección de Tesis y composición de tribunales y asimismo —a pesar de la dificultad del proceso que tal decisión suponía— la de permitir el acceso a dirección de Tesis y a tribunales a cuantos candidatos acreditasen —independientemente de cualquier otro criterio— experiencia investigadora suficiente a juicio de esta Comisión, de acuerdo con criterios objetivos y públicos.
2.3. La relación de profesores e investigadores encargados de la dirección de Tesis elaborada por los Departamentos y órganos responsables de Posgrado (cap. III, art. 7 de nuestra normativa sobre posgrados de 6 de julio de 2006) debe ajustarse a lo establecido en dichas normativas. Es esta Comisión de Doctorado la única encargada de aprobar o desestimar la dirección de proyectos de Tesis y la composición de tribunales, a propuesta de dichos órganos, dentro de nuestra Universidad ("Disposición adicional única" de la normativa antes mencionada).
2.4. El establecimiento de criterios mínimos de nuestra Universidad —en consonancia con los aplicados por otras muchas— responde al mandato de garantizar la calidad de las Tesis, pero también al de preservar la plena capacidad docente e investigadora de cuantos investigadores cumplan dichos requisitos mínimos, considerados por esta Comisión como necesarios y suficientes.
Dada la trascendencia y posible gravedad del asunto que se nos comunica, como posible precedente, se remite copia del presente escrito al Gabinete Jurídico de nuestra Universidad, al Excmo. Sr. Vicerrector de Ordenación Académica y al Excmo. Sr. Rector.
Lo cual pongo en su conocimiento a cuantos efectos considere oportunos.


¿Dará ahora marcha atrás nuestro Consejo, u optará, como hizo en su último conflicto planteado ante la Comisión de Doctorado, por obcecarse, hacerse el loco, marear la perdiz, huir hacia adelante, y al final tener que morir al palo gloriosamente?

Recuerdo que ese caso fue cuando se optó por presentar un curso de doctorado de literatura que yo impartía como si fuese un curso de "metodología" (tipo A), por la real voluntad de la coordinadora del programa de Doctorado, y se hizo así en contra del criterio del propio profesor que impartía el curso (yo), y en contra naturalmente de la normativa que exigía incluir un curso de metodología. En esa ocasión llevé el asunto hasta el final, to the bitter end, forzando al final al departamento a reasignar mi curso como no metodológico,  a modo de ejemplo práctico (e insignificante probablemente) de lo que sucede cuando se actúa no según la normativa, sino con criterios de mera obediencia al poder fáctico... aun cuando el poder fáctico ande desencaminado, falto de autoridad legal, y se salte las normas.

La memoria de las cohortes de votantes de nuestro Consejo parece siempre corta, cuando corta es la memoria de los poderes fácticos a quienes siguen. Muchos tienden a votar lo que decida el poder fáctico (o sea, los catedráticos o directores de proyecto) aunque el criterio de éstos flojee. Es ésa una actitud irresponsable por parte de los miembros de los equipos, una actitud que no por volverse habitual deja de suponer una dejación de criterio repetida y continuada. Claro que tampoco es que se les pida su opinión sobre estas cuestiones, sólo su voto... Decía Bacon que es alta traición aconsejar mal al príncipe a sabiendas, pero no parece ser el caso aquí, donde ni se pide ni se acepta consejo.

¿Habrá de repetirse, pues, la lección de que existen normas superiores y generales, o rectificaremos sin esperar más? Aunque sólo sea porque rectificar no es privilegio exclusivo de los sabios, sino también de los estrategas.

¿Puede una subvención validar el título de Doctor?




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Como PS, sólo aprovecharé para subrayar una cuestión que quizá no haya pasado desapercibida al lector, como no ha pasado desapercibida desde hace años para el que escribe—a saber, el paralelismo notable, casi eerie, que hay entre la lógica que siguen la micropolítica departamental y sus facciones feudales, y la política nacional y sus desgobiernos debidos a la ilógica de los partidos, al seguidismo al líder, y a las patologías nacionalistas y de pequeños círculos que se creen el corroncho central del mundo.  En fin...  Como decía el título del auto del fiscal en el caso Puigdemont, "más dura será la caída" tras tan tristes obcecamientos.
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Retropost (2006): Blog departamental

martes, 4 de octubre de 2016

Retropost #1166 (5 de octubre de 2006): Blog departamental


Hace unos días le daba la bienvenida al nuevo website de nuestros colegas de cine Cinema, Culture and Society (el proyecto dirigido por Celestino Deleyto) y le criticaba que no admitiese comentarios... crítica desafortunada a todas luces puesto que (ahora al menos) sí los admite, únicamente para usuarios registrados (sabia medida para limitar el trolling y el spamming).  Así que hoy los felicito de nuevo por abrir el primer blog departamental (o el segundo después de éste, según se mire), y me registro como usuario no troll. Presumiblemente, mis disensiones cinematográficas con el equipo de Celestino Deleyto pasarán ahora a la blogosfera... Me estreno con un comentario sobre United 93 (que appendo a mi propia reseña de la película), y también con esta apostilla a una reseña de The Break-up (dir. Peyton Reed, 2006), un tema en el para mi desgracia soy un experto aunque aún no haya visto esta película.

Open endings open up the

It doesn't sound as though the film were proposing a new model of relationship (beyond the traditional couple, so to speak) so much as a way to cope with the uncertainty we feel at the end of a relationship—while teasing the audience with a possible romantic ending. This is the advantage of open endings: not only are they more modern and engaging, they can also be adapted by the audience to their own needs and provide as rigid a closure as the spectator feels like needing. They can also give an agreeable ending without destroying or contradicting the overall tone of the work (remember the semi-open, or indeed double ending of Great Expectations - the novel I mean). And, most usefully, an open ending suggests process, evolution, openness to change: this is the kind of open ending in Women In Love (the film this time), or sudden ending, rather. Suddenness and openness also combine rather well in film, and in film-like narrative generally, as David Lodge showed in the ending of Changing Places. Open endings open up the future, and so they are especially satisfactory in a film which focuses on an ending (a separation) which inevitably brings together personal transformation and the development of new expectations. That's what you feel once you accept the end of a relationship: the openness of your life and of your self. Open endings open up the future.


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Retropost (2006): Todas me las dan


Todas me las dan

Publicado en Departamento. com. José Ángel García Landa

(2 de octubre de 2006)
Todas me las dan en el mismo carrillo hoy (académicamente hablando). Esta mañana ha habido una reunión del Consejo de Departamento (de Filología Inglesa y Alemana, Universidad de Zaragoza) donde se trataban dos temas polémicos, y mal le ha ido a mis propuestas en los dos.

1) Se proponía un Máster de Lingüistica aplicada en inglés, en el marco del cual yo proponía una asignatura de Análisis Crítico del Discurso. Tras un largo y tenso debate se ha aprobado la propuesta, con varios votos en contra (presumiblemente de los profesores que no quieren que haya otro máster en el departamento al margen del que ya hay). Se ha aprobado pero su vida ha sido efímera, más que las efímeras de hecho, porque antes de comer ya se había rechazado la propuesta en la Comisión de Postgrado de la Facultad. Lo cierto es que se había preparado apresuradamente en poco tiempo, por la desidia de nuestro departamento a la hora de hacerse responsable de planificar sus enseñanzas de postgrado. Y la propuesta habría ido más coherentemente hecha si se hubiera pedido la creación de este máster dentro del postgrado ya existente de Estudios Ingleses, que es lo que yo proponía... pero no. Se ha propuesto crearlo en un postgrado distinto y nuevo, propuesta que ya se ha dicho en el Consejo tenía muy pocas posibilidades de prosperar—y buálá. ¿Y por qué no se ha propuesto en el marco de ese postgrado ya existente, al cual se había dado el nombre tan general de "Estudios Ingleses" para que cupieran todos los posibles másteres de nuestro departamento, cuando se propuso hace un año? Bueno, pues porque nuestros catedráticos, organizadores del máster de "Estudios Textuales" ahora existente, han decidido monopolizar ese postgrado para sí mismos, imponiéndole las leoninas reglas de su máster, y nuestro departamento se ha dejado hacer. Ha aceptado la mayor: que el postgrado de "Estudios Ingleses" se rija por las reglas del máster de los tres catedráticos, es decir, que esté reservado a profesores pertenecientes a equipos de investigación subvencionados y que tengan al menos dos tramos reconocidos de actividad investigadora—como criterios excluyentes. Ante este sentar sus reales, ante su oposición frontal a dejar que la plebe sin subvenciones invada "su" postgrado, y ante la ignorancia profesa de la dirección departamental sobre los términos exactos de lo que se votó hace un año al aprobarse ese postgrado, se ha batido en retirada la propuesta y se ha optado humildemente por... ceder el terreno, y proponer otro postgrado y máster donde no operasen las leyes dictadas por los catedráticos. Inútilmente, según se ha visto. En cuanto a mí, he rizado el rizo, votando a la vez a favor y en contra de la propuesta (lo cual ha resultado ser administrativamente posible, además de contradictorio). En votación secreta, he apoyado la propuesta de máster, no sea que encima no saliese, y luego he expresado públicamente mi voto particular en contra de de que no se incluyese el nuevo máster en el postgrado existente de "Estudios Ingleses".

En fin, que ya se ve el resultado final que venía anunciando yo: que todos los estudios de postgrado de este departamento han sido fagocitados por el grupo de los "Estudios Textuales", y los demás quedan inhabilitados para la docencia en segundo ciclo y para la dirección de tesis... por votación propia. Y es que el que no se entera ni cuando se lo escriben en letras grandes y se lo gritan al oído, no se va a enterar nunca. Por cierto, muchísimo se han picado los profesores del máster de los catedráticos cuando se les ha preguntado por el número de alumnos matriculados en su máster: ha habido grandes gritos y aspavientos y piques-ajoscome. Lo que nos han dicho es que ni sabían cuántos estaban matriculados, ni preinscritos, ni al parecer estaban interesados en saberlo.... y menos, por supuesto, en informar de ello al Consejo de Departamento. Pero es un Consejo con grandes tragaderas, así que se desprende de la reunión de hoy que pueden seguir dándosele a comulgar ruedas de molino de un diámetro todavía mayor. 

2) El segundo punto era... el mismo que el primero, en sustancia: la apropiación del postgrado de Estudios Ingleses para los profesores del máster y la exclusión de los demás por votación democrática. Técnicamente, se decidía la aprobación del nuevo programa de doctorado de "Estudios Ingleses", que viene a sustituir a los del "viejo régimen" que ahora se extinguirán. Y, cómo no, se ha aprobado, a pesar de mis advertencias en contra de los criterios abusivos que impone y de las consecuencias que van a tener para la mayoría del profesorado del departamento. Pero que si quieres. Con unos pocos votos en contra, se ha aprobado la propuesta. Y ya no podrán dirigir tesis en el departamento más que los profesores con proyecto de investigación subvencionado, y dos sexenios (o uno, si les dan permiso especial los organizadores). Lo lamentable es que se ha enterado hoy buena parte del profesorado de cuáles eran las consecuencias de las normas que aprobaron para el Máster éste de "Estudios Textuales" hace un año; y a pesar del pasmo de muchos (—no sé qué pasmo, porque ya se les explicaron esas consecuencias por activa y por pasiva en su momento, y lo votaron).... a pesar del pasmo de muchos, digo, ¡¡hoy han vuelto a hacer exactamente lo mismo!! Y les han entregado con un lacito todo el Tercer Ciclo, máster y doctorado, a nuestros cortadores de bacalao en el Departamento, y a las reglas draconianas, leoninas y procrustianas que se han sacado del bolsillo para decidir quién podrá y quién no podrá dirigir tesis. Las bocas abiertas que habrá dentro de un año, cuando se encuentren desdoctorados y seguramente hasta expulsados de la Comisión de Postgrado muchos de los que hoy han votado ígnara y democráticamente a favor de esta propuesta de programa de doctorado. En cuanto a mí, he explicado el sentido de mi voto y el de dos profesoras que me han apoyado, incluyendo en el acta un anexo explicativo. Aquí lo anexo:

Voto particular en Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana (Universidad de Zaragoza) con respecto a la aprobación de una propuesta de nuevo programa de Doctorado (Reunión del 2 de octubre de 2006).

Los abajo firmantes queremos que conte a todos los efectos nuestro voto personal en contra de la aprobación del nuevo programa de doctorado "Estudios Ingleses" propuesto bajo la coordinación de la Dra. Onega en los términos en que se propone.

Los motivos de nuestro voto en contra son:

1) La existencia en dicha propuesta de un oscurecimiento de la realidad de los datos departamentales que parece deliberado. Cuando se dice que la media de alumnos de los dos programas de doctorado a extinguir es de 20 alumnos, se están promediando los números de matrícula en ambos programas, el que tiene mención de calidad pero pocos alumnos, y el que no tiene dicha mención pero tiene mayor número de alumnos. Esto contribuye a ocultar la realidad de que no existe correlación entre mención de calidad y número de alumnos interesados en un programa, como prueban los números de matrícula que operan en la sección de Tercer Ciclo desde el año de la obtención de la mención de calidad por parte de uno de los programas.
Esta ocultación merece ser resaltada porque es esta correlación entre mención de calidad y número de alumnos el único fundamento que se esgrime en la página 6 de la memoria para justificar la aprobación de este nuevo programa de doctorado por parte del Departamento y de la Universidad.
Por otra parte, en caso de salir adelante la propuesta de un nuevo máster de Lingüística Aplicada que se presenta hoy, las cifras prospectivas de alumnos presentadas serán contradictorias entre sí.

2) En la memoria del nuevo programa de Doctorado propuesto se hace una interpretación que consideramos abusiva del concepto de "acreditación" del profesorado para dirección de tesis, que tiene el objetivo de beneficiar a un grupo limitado de profesores. Es una mala práctica universitaria aquella que se basa en la confusión de resultados de investigación con proyectos. Sin mermar el mérito de los doce profesores mencionados en la memoria, podemos afirmar que quedan excluidos de esa lista otros del mismo o superior mérito objetivo. Ello sólo es posible sobre la base de una aplicación tergiversada para la selección de un criterio coyuntural, con voluntad excluyente. Tomemos como ejemplo la posibilidad real de que como producto de la aplicación de esos criterios se consideren no capacitados para dirigir tesis doctorales profesores con uno, dos, o tres sexenios de investigación y con experiencia previa de dirección de tesis aprobadas con cum laude. Siendo meritoria la participación en proyectos, no es un criterio que como exclusivo sea razonable para juzgar la acreditación, que debe fundarse en resultados obtenidos, no en proyectos en curso. Los resultados de la investigación no aparecen en esta memoria como criterio acreditatorio.

4) El único hecho constatado es la escasez de alumnos matriculados en el pasado y en el presente en el programa de doctorado y máster de "Estudios Textuales y Culturales en lengua inglesa", y que los alumnos del área de Filología Inglesa de la Universidad de Zaragoza se matriculan mayoritariamente en las asignaturas de Lingüística tanto en segundo ciclo (optativas) como en Doctorado.

Pensamos que sería perjudicial para la Universidad de Zaragoza, tanto para sus alumnos como sus profesores, el aprobar un programa de doctorado cuyo único horizonte de éxito se basa en la inexistencia de competidores externos e internos, y todo ello a pesar de tener su mención de calidad.


Tras la reunión, he preguntado a uno de los catedráticos si en serio creía que yo no estaba capacitado para dirigir tesis doctorales. Me ha dicho que en absoluto, que todo lo contrario, etc. etc. Ante la pregunta de por qué entonces apoyaba una normativa que me excluía, me dice "Ah, pero eso no tiene nada que ver"— y yo: "Pero no cumplo los criterios, y sin embargo estoy capacitado, dices. Así que la norma que pones tiene consecuencias absurdas, y será porque no es una norma buena o justa". —"No, no, Si quieres estar capacitado en este programa, cumple los criterios; si no te autoexcluyes" —"¿Que me autoexcluyo? Yo propongo una norma que a ti no te excluye; tú propones una norma que a mí sí me excluye. A ver quién excluye a quién aquí". —"Es necesario, etc., los tiempos vienen así..." —"No, los tiempos los traéis así." Con la catedrática, lo mismo: me dice que me autoexcluía, que había que aceptar la normativa que venía de arriba, que era muy dura, etc. Que debería yo ser más constructivo. Yo le he dicho que las normas absurdas que se intentasen imponer no sólo no las aceptaría sino que trabajaría lo que pudiera por que se cambiasen. Evidentemente los catedráticos no están por la labor de reconocer su papel activo en la imposición de estas normas: sólo están "yendo con los tiempos." Y aprovechando para meter la pala del cristiano, claro. Como sucede siempre con los que van con los tiempos, propulsándolos.

Quede claro que no me opongo (faltaría más) a que se considere como un mérito la participación en proyectos de investigación, o el hecho de tener uno financiado en curso. A lo que me opongo es a que se convierta no en un mérito baremable sino en un requisito eliminatorio. Es la diferencia entre un criterio justo y una tergiversación, y así se lo he dicho a los catedráticos... pero su conveniencia, y opinión, es muy otra. Los demás, es triste decirlo, no tienen criterio, sino únicamente disciplina.

Por supuesto, esta decisión tomada hoy por el Departamento será impugnada ante la Comisión de Doctorado de la Universidad. Con lo que ésta decida sabremos si va a haber normas generales en la Universidad sobre este asunto, o si los corrillos de influencia locales pueden dictar las que quieran y puedan en cada departamento. Y así, sabiendo a qué atenernos, actuaremos en consecuencia todos, corrillos incluidos.

Me expulsan del Doctorado




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Retropost (2006): Ética académica subvencionada

 
Etica académica subvencionada

Publicado en Departamento. com. José Ángel García Landa

Circular enviada hoy a los profesores del Departamento de Filología Inglesa y Alemana de la Universidad de Zaragoza:

Estimados compañeros:

Es posible que mañana en la reunión de la Comisión de Postgrado del Departamento se trate como asunto urgente o de trámite un punto que no figura en el orden del día, a saber, la propuesta de un programa de doctorado de Estudios Ingleses adaptado a la nueva ley, que se convertirá previsiblemente en el único programa de doctorado del Departamento.

Es, en sustancia, el programa de literatura y cultura "Estudios Textuales y Culturales", que con este movimiento pasa a apoderarse de todo el tercer ciclo de nuestro departamento. Según se proyecta, sólo podrán dirigir tesis en el futuro los profesores que tengan dos sexenios de investigación y estén recibiendo actualmente subvenciones de organismos oficiales. Por ejemplo, yo, independientemente de mi experiencia o de mis RESULTADOS de investigación, quedo eliminado de entrada frente a quienes tienen PROYECTOS de investigación.

Comoquiera que esta decisión, que a mí me parece perniciosa, va a afectar a muchas personas en este departamento, y al futuro de sus estudios de postgrado, es MUY IMPORTANTE que acudáis a la reunión, para que la propuesta que llegue al Consejo sea en efecto la que parezca más adecuada al conjunto de los Doctores de este departamento - incluidos los que quedan desdoctorados de facto.

Y, aun en el caso de que no os sintáis afectados personalmente, creo que merece reflexionarse seriamente si con una decisión así estamos construyendo el modelo de universidad que queremos tener. Se fomenta, sí, el cierre de filas en torno a los directores de proyecto, y la expulsión de disidentes e independientes. ¿pero es eso realmente lo más importante que debe tener en cuenta la investigación en la Universidad?

Os ruego reflexionéis si es oportuno restringir al máster ahora existente lo que deben ser los estudios de postgrado en el Departamento, y excluir a los demás: pues eso es lo que se va a decidir en la práctica. Decidir si es conveniente, y académico, y además, si es ÉTICO.

Un cordial saludo,
JOSÉ ÁNGEL GARCIA LANDA

(Nota: Al remitirse en esta reunión la decisión al Consejo de Departamento, vuelvo a reenviar el recordatorio, cum variatio:)




Estimados compañeros:

Por su importancia, se ha postpuesto a la reunión extraordinaria del consejo de departamento del lunes el asunto que iba a tratar Comisión de Postgrado, a saber, la propuesta de un programa de doctorado de Estudios Ingleses adaptado a la nueva ley, que se convertirá previsiblemente en el único programa de doctorado del Departamento.

Es, en sustancia, el programa de literatura y cultura "Estudios Textuales y Culturales", que con este movimiento pasa a apoderarse de todo el segundo y ahora del tercer ciclo de nuestro departamento, quedándose para sí el conjunto del programa de "Estudios Ingleses". Según se proyecta, sólo podrán dirigir tesis en el futuro los profesores que a la vez tengan dos sexenios de investigación y pertenezcan a un equipo de investigación. Los demás quedan a expensas de que se aprobase un segundo programa postgrado para nuestro departamento, algo muy improbable puesto que el actualmente existente, "Estudios Ingleses", ocupa el conjunto de nuestra área de conocimiento, y de hecho se puso ese nombre para que hubiera sitio en él para más másteres y para todos los doctores del Departamento. Los doctores jóvenes y doctorandos derían reflexionar sobre la manera en que esta propuesta devalúa el título de Doctorado.

Por mi parte, pienso solicitar además que se someta a votación la inclusión dentro del postgrado ya existente de Estudios Ingleses del nuevo máster en Lingüística Aplicada que se presenta. Esta inclusión ha sido vetada por los coordinadores del máster de "Estudios Textuales y Culturales", pero debe quedar claro que si se acepta este veto es CASI IMPOSIBLE que la universidad apruebe este nuevo máster.

Comoquiera que estas decisiones van a afectar al futuro de muchas personas en este departamento, y al futuro de sus estudios de postgrado, es MUY IMPORTANTE
que acudáis a la reunión, o que si no sois miembros del Consejo decidáis con vuestros representantes el sentido de su voto, para que la propuesta que apruebe el Consejo sea en efecto la que parezca más adecuada al conjunto de los Doctores de este departamento - incluidos los que quedan desdoctorados de facto en lo que a esta Universidad se refiere.  Que sepáis bien lo que vais a votar.

Un cordial saludo,
JOSE ANGEL GARCIA LANDA
 

Tolkien y las "subáreas"


 

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