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Universidad

Bajando el listón

Tenemos un listín, tenemos un listón.  (En uno, los aprobados, en otro los suspensos). Ahora va a empezar el período de exámenes de febrero, en el que se aplica la nueva normativa de nuestra Facultad sobre evaluaciones, y el principio de los suspensos compensables:


                EVALUACIÓN CURRICULAR (SUSPENSOS COMPENSABLES)

    La Junta de Facultad aprobó por acuerdo de 24 de mayo de 2006, además del nuevo régimen de convocatorias, un conjunto de medidas adicionales entre las que figura la evaluación curricular.

    Las condiciones del sistema de evaluación curricular son las siguientes:

        1. Suspensos “compensables”. Calificaciones que, a juicio del profesor, se consideran como tales en el acta (se recomienda que la calificación obtenida sea igual o superior a 4).

        2. Evaluación por ciclos.

        3. Criterios para la “compensación” de suspensos:

            a) Todas las asignaturas del ciclo deben tener como mínimo la calificación de suspenso compensable.

            b) El número de créditos con esta calificación no podrá ser superior a 18.

            c) La nota media ponderada a créditos de todas las asignaturas de cada bloque deberá ser igual o superior a 5,5 cuando se compensan hasta 6 créditos, e igual o superior a 6 cuando se compensan entre 6 y 18 créditos.

    El Acuerdo entra en vigor en el curso 2007-2008 por lo que las calificaciones a compensar deberán tener este carácter en actas de examen a partir de este curso, sin que quepa la posibilidad de compensar suspensos obtenidos con anterioridad al curso actual.


Podría algún mal pensado considerar que esta normativa es un atentado a una prerrogativa del profesor (una aún mejor asentada que la libertad de cátedra) que es el criterio para aprobar o suspender. En realidad esa prerrogativa no es absoluta, pues está regulada por normativas de revisión de exámenes ante tribunal. Y además, puede entenderse como una indicación al profesor de que el aprobado, o al menos el semiaprobado, está ahora en el 4, y ya no en el 5, como venía siendo tradicón inmemorial. Y si no el aprobado, entonces el compensable o semiaprobado, zona gris entre el 4 y el 5 en la que el profesor subordina su criterio a los resultados obtenidos en otras evaluaciones. Bueno, digo el cuatro por decir, visto que "se recomienda"—pero en atención a la letra de la normativa, bien puede el profesor poner un cero (compensable).

Donde sí podría acertar más un malpensado es en que esta medida supone una bajada general del listón: no es una norma indiferente (o sea, sencillamente diferente de la anterior) sino un rebaje de exigencias. Una manera de luchar contra el fracaso escolar por la vía rápida. Y eso se ve en que se aplica asimétricamente, sólo para "subir nota".   Por ejemplo, si alguien tiene una matrícula de honor, no se va a mediar esa nota con las demás notas del ciclo para bajarle la calificación. Ni tampoco a quien tenga un solo aprobado entre todas las asignaturas, se le va a poner suspenso también en esa asignatura aprobada, en aras de compensar y mediar.

Pero que conste que me parece bien la medida. Y mejor aún me parece la supresión de la tercera convocatoria de exámenes anual, que también entra en vigor ahora.


NIP, NPI


Enfermedad profesional

Es conocido mi interés (puramente académico) por la vanidad. En lo que no había caído es en que se trata de una enfermedad profesional. En Fírgoa: Universidade Pública hay un interesante artículo sobre esto, y otras cuestiones: sobre la evolución de la Universidad, y sobre el cambio en la figura del profesor e investigador: José Carlos Bermejo Barrera, "La traición de los profesores y la pérdida de la dignidad académica". En línea con las diatribas de Julien Benda contra los "clérigos" que se metían a comisarios políticos—aquí se denuncia también el abandono de su "espacio propio", el conocimiento, especialmente en estos años de privatización de la Universidad.

Se trata únicamente de analizar cómo los profesores universitarios se han definido a sí mismos en relación con el cultivo del conocimiento, con el poder político y con la riqueza, y cómo, en un determinado momento histórico (a partir de comienzos del siglo XIX europeo) consiguieron crearse un espacio social propio en el que lograr su reconocimiento social a partir de su trabajo y su labor específicos.

Ese fue el espacio académico, del que se derivó en otros tiempos un prestigio social que se desprendía del reconocimiento, tanto por parte de las comunidades académicas como por parte del cuerpo social, de un conjunto de valores propios de las universidades, diferentes de los valores políticos, y por supuesto del valor básico de la economía: el valor de cambio.

Aunque, por matizar, creo que no existe una oposición tajante, sino más bien un continuo, entre los valores académicos y el valor de cambio. Porque el reconocimiento académico también es una forma de valor de cambio, al haber una cierta circulación, todo lo indirecta que se quiera entre el prestigio intelectual y profesional, y la influencia política o los beneficios monetarios que le acompañan.

Traza Bermejo una genealogía del "intelectual" (desde los escribas, los sacerdotes y los filósofos griegos) y de su autoimagen. A San Agustín se remonta el análisis de la libido académica, que lleva a distinguir entre "profesores monjes" (los clérigos de Benda, interesados por el saber mismo) y "profesores cortesanos", en los que su actividad va subordinada al poder político o económico. De Pierre Bourdieu importa Bermejo el concepto del prestigio como ideología (—y por aquí llegamos a la vanidad). Es interesante cómo se reorganiza el prestigio en la era del trabajo en equipo y la investigación a base proyectos organizados y cuantificados (cuantificados en su financiación y en sus índices de calidad, a veces indistinguibles):

En ese mundo de la producción científica masiva ya no existen figuras de grandes pensadores o científicos, sino grupos de científicos industrialmente organizados, y de aquí se deriva un problema.

Ya no existe la distinción intelectual entre grandes, medianos y pequeños científicos. Sin embargo los científicos tienen que ser jerarquizados. En primer lugar por razones económicas e institucionales, y en segundo lugar por motivos académicos y psicológicos.

Todo científico busca el reconocimiento, pero es imposible encontrarlo destacando en esa enorme masa de trabajadores anónimos de la ciencia. Por ello se han establecido criterios de distinción, o excelencia, de tipo cuantitativo, que han llevado a desarrollar un sistema absurdo de clasificación de trabajos (Bermejo Barrera, 2007, pp.2 1/40). En ese sistema, tal y como hemos analizado, desaparecen los criterios cualitativos y son sustituidos por otros meramente cuantitativos.

Se supone que existe una unidad de medida de la ciencia, que es el paper, o artículo, independientemente de su contenido, que nunca se juzga. Los artículos se suman, matizando su número con índices externos de calidad que dependen de un rango convencional de publicaciones científicas, que asumen la distinción intelectual, ausente del trabajo científico anónimo. Sumando artículos, tipos de revistas y número de citas (consideradas también como de valor absoluto, ya que cada cita es una unidad) se puede numerar a un científico con un índice, en el que la cantidad sirve como sustituto de la calidad y la antigua distinción o jerarquía intelectual.

Es evidente que estos índices no tienen ningún valor, más que el de satisfacer la necesidad de reconocimiento de cada científico, muy necesaria en el caso del trabajo intelectual, como ya habíamos visto, y de proporcionarle así una satisfacción personal, que además le puede ser útil para progresar en el ámbito de su comunidad científica, o dentro de las instituciones académicas o la industria.

(—Aquí habría que matizar, claro: los índices cuantitativos de calidad se basan, al menos idealmente, en una cuantificación de valoraciones positivas, y naturalmente tienen un valor en la institución que sustenta la disciplina, que es a lo que van: porque estamos hablando de organizar una institución, reparto de puestos jerárquicos, de dinero... etc. Otra cosa es el valor o interés que pueda tener para una persona un artículo que es "de calidad" por haber sido valorado positivamente por otra persona).

La asunción de la tecnociencia como valor exclusivo del conocimiento supone, pues, la sentencia de muerte de las viejas universidades como promotoras básicas del conocimiento, y el inicio de este proceso de extinción parece alcanzar una velocidad imparable, a pesar de que muchos científicos académicos no quieran darse cuenta de ello.


Lo curioso del caso es que ese mismo proceso parece que quiere ser imitado por parte de aquellos universitarios que cultivan las Humanidades y las Ciencias Sociales, dos tipos de conocimiento diferentes a las tecnociencias, tal y como ha señalado Wolf Lepenies (Lepenies, 1994), y que no pueden ser medidos por los mismos patrones.

....

... se pretende convertir el estudio de todas las humanidades en un recurso secundario para el desarrollo de la industria del entretenimiento y del ocio, y para el desarrollo del turismo. De ser esto así las humanidades, complementarias de las técnicas de publicidad y marketing necesarias para la venta de recursos turísticos y de objetos culturales de consumo masivo, habrían perdido todo su sentido.

Si aquellos que cultivan las humanidades pretenden seguir el camino de la tecnociencia acabarán por rematar el proceso agónico en el que las universidades inevitablemente están entrando, puesto que la investigación en estos campos estaría financiada no por un tipo de empresas que ante todo necesiten demostrar la eficacia de sus productos frente a otros de la competencia, sino por otras que simplemente tienen que crear productos para el entretenimiento - carentes de función práctica- , como todos los dedicados al ocio que sólo valen en cuanto que son rentables. La ley de Gresham, una ley básica de la economía, nos hará comprender fácilmente que en ese mercado del ocio la moneda mala desplazará necesariamente a la buena y se desarrollará un proceso de empobrecimiento y trivialización de la cultura, al que ya estamos asistiendo, y que parecen saludar con entusiasmo unos académicos que han decidido sustituir los valores del conocimiento por el único valor del dinero, sentando así las bases para la pérdida de la dignidad de sí mismos y de las instituciones en las que se mueven.

....

La dignidad de los intelectuales ha sido enormemente frágil en la historia occidental, debido a su falta de independencia económica y a su vinculación y dependencia de los poderes religioso y político. Pero hubo algunos intelectuales y profesores, quizás no muchos, que hicieron que esa dignidad fuese posible. Los intelectuales y los profesores, como todos los demás seres humanos, están caracterizados por una serie de vicios y defectos que a veces derivan de la estructura sociopsicológica de su profesión. Y uno de esos defectos fue casi siempre la vanidad, a la que se confundió con la dignidad, y que pudo ir unida al elitismo y al espíritu de cuerpo.

Esa vanidad, fruto de la fragilidad psicológica de los intelectuales, fue muchas veces la fuente de errores garrafales, como los de Heidegger, Unamuno y Ortega, y puso de manifiesto, en estos casos y en tantos otros, que la grandeza intelectual no es incompatible con la torpeza social, e incluso con la lisa y llana estupidez personal y política.
....

El juego del reconocimiento y la relación dialéctica entre el especialista en el conocimiento, al que llamaremos el  sabio, y su comunidad tiene una historia muy larga y compleja, en la que los factores económicos, sociales y políticos se entremezclan con la compleja interrelación que en las personas de estos especialistas en el conocimiento tiene lugar entre la vanidad y la dignidad, a veces muy difíciles de distinguir.

(—Y tan difíciles. La dignidad de uno es vanidad para el otro).
....

Hoy en día, cuando muchos profesores querrían ser empresarios, o una caricatura de los mismos, políticos, o simples aduladores de los verdaderos políticos, o quizás compartir el poder y el terror que puede proporcionar el uso de la fuerza militar, deberíamos reivindicar la frágil dignidad de los intelectuales que alguna vez brilló momentáneamente en el transcurso de la historia.

Por ello, quizás fuese oportuno concluir con unos breves versos de Leonard Cohen:

“Like a bird on the wire,
like a drunk in a midnight choir,
I have tried in my way to be free”

(“Bird on the wire”).

Pero a ver quién es el guapo que lo consigue, cuando en la historia esto ha sido un ideal (ideológico) más que una realidad. Un ideal necesario, claro. Hay que intentarlo— siendo conscientes de la vanidad de esos intentos.

Interprétese en línea con mi diatriba crítica sobre la investigación en grupo (o tribu).


Investigaciones oficiales

Internética académica

Hoy a vueltas con las publicaciones en red. Envío esta cartita para participar, siquiera sea de refilón en las II Jornadas de Innovación Docente, Tecnologías de la Información y la Comunicación e Investigación Educativa en la Universidad de Zaragoza:

Estimado compañero:
en respuesta a la solicitud sobre material docente para las II Jornadas de Innovación Docente, podéis contar si lo consideráis oportuno con estas dos referencias a materiales en red elaborados por mí­:
A Bibliography of Literary Theory, Criticism an Philology
http://www.unizar.es/departamentos/filologia_inglesa/garciala/bibliography.html
Artí­culos de José Angel Garcí­a Landa en el Social Science Research Network: 
http://papers.ssrn.com/sol3/cf_dev/AbsByAuth.cfm?per_id=889468

En este sitio he publicado esta semana, por cierto, dos artículos más de mi blog, uno sobre los sonetos de Shakespeare, "Deep-brained Sonnets", y otro sobre Oscar Wilde: "Wilde y el enigma de la Esfinge"—dos temas que tuvieron su punto de encuentro en el juicio en el que se condenó a Wilde por comportamiento indecente.

También les podía haber pasado mi Shakespeare blog, ahora que lo pienso.

Y otra cartita, esta enviada al Colectivo de Profesores para que presenten alegaciones a la nueva normativa universitaria para determinar el compromiso investigador de los profesores. Por fin decide nuestra Universidad considerar las publicaciones como actividad investigadora, pero....

Sobre la propuesta del vicerrectorado de investigación para introducir nuevos  indicadores de la actividad investigadora, en concreto publicaciones y gestión  de la investigación.
    En el capí­tulo de publicaciones, se sigue hablando de "libros" y "revistas".  Habrá que entender que las revistas electrónicas están incluidas bajo este  concepto, especialmente si figuran en el JCR o han sido aprobadas en el listado de la  Comisión de Investigación. Pero hay un tipo de publicación electrónica, la  publicación en sitios web, que no entra necesariamente en el concepto de
revista: las bases de datos del estilo del Social Science Research Network: http://www.ssrn.com/
—que van adquiriendo cada vez más relevancia.
Serí­a deseable que se especificase en esta normativa el status de las publicaciones electrónicas.s
.

Claro que, como en el caso de los proyectos, sólo se van a tener en cuenta méritos preevaluados. Así que mis publicaciones electrónicas en el SSRN y otros sitios no me las van a contar para nada, habiendo decidido pasar (como he hecho) del sistema del peer reviewing y de las revistas con índices de impacto. Están verdes—o ellas, o la publicación electrónica académica. Pero de momento me permite escribir más a gusto, y ateniéndome a mi propio tono y criterios.

Aunque aquí barro para casa, solicitando que se tengan en cuenta las publicaciones electrónicas, no siempre hago así. Por ejemplo, mi departamento sacó un baremo para valorar publicaciones en el que se daban más puntos a publicaciones "de alto impacto" o de "publicaciones en revistas del área con sistema de peer reviewing", pero se daba también bastante puntuación, comparativamente, a "otras publicaciones" sin más, sin especificar tema ni criterio de calidad. Yo alegué que no parecía coherente valorar tanto las autopublicaciones, o los artículos de prensa, o las publicaciones no relacionadas con el área de conocimiento, por ejemplo. Pero viniendo de mí, cualquier propuesta es sospechosa, y así se mantuvo el baremo. Espero que llegado el caso lo apliquen coherentemente y me den puntos por cada artículo de blog. (Y de  estos y de otras autopublicaciones tengo yo más que el resto de mi departamento juntos).

Eso, o que se acepte mi enmienda al baremo. Creo que todavía no ha caído el personal en la cuenta de cómo ha cambiado el concepto de publicación con la Internet.

Otra cosa curiosa de esta normativa en ciernes del Rectorado son los distingos a la hora de calcular la relación entre publicaciones y "producción científica"—distingos donde, como en la granja de Orwell, unas áreas o campos de conocimiento son más iguales que otros. Cito de la propuesta de normativa:

La valoración de las publicaciones y patentes en un año se obtiene sumando los puntos obtenidos en los apartados 3.1 y 3.2 en los seis años anteriores.

A partir de esta valoración, se determina el número de unidades de producción científica por publicaciones y patentes mediante la fórmula:

K2 = máximo{6[(valoración/F)‐1], 0}

siendo F el parámetro que se indica en la siguiente tabla, dependiendo del campo de evaluación.

Campos                                                 F

1. Matemáticas y Física (Físicas)         100
2. Química                                           100
3. Biología Celular y Molecular           100
4. Ciencias Biomédicas                         80
1. Matemáticas y Física (Matemáticas) 60
5. Ciencias de la Naturaleza                 60
6. Ingenierías y Arquitectura                 40
7. Ciencias Sociales, Políticas, del
  Comportamiento y de la Educación    20

8. Ciencias Económicas y
    Empresariales                                     20

9. Derecho y Jurisprudencia                 30
10. Historia y Arte                                 20
11. Filosofía, Filología y Lingüística     20


Curioso que la producción científica sea distinta hasta en "matemáticas y física" dependiendo de en qué Facultad estés. Alguna buena razón habrá—para otros. Yo en cambio, mirando desde aquí, no veo bien que un artículo mío (de alto impacto, etc.) valga cinco veces menos que uno de Matemáticas o de Biología. ¿Será que publicamos demasiado en Filosofía y Letras, y hay que ponernos un ? Pues yo había oído que en las áreas duras también se hacían artículos como churros, y es más, que

por convención o tradición,
los firma todo el equipo de investigación,
aunque a veces ni hayan tenido mención
del artículo en cuestión...


Net prof it

Himno de la Universidad, version King Africa

Si es broma, no es broma mía, lo juro y lo asejuro. Nos envía el Secretario General de la Universidad el anuncio de un concurso para escribir la letra del himno de la Universidad de Zaragoza. Como no sabíamos que existiese, nos adjunta el mismo en un fichero que nos aclara que es la versión King Africa del mismo. Aquí se puede oír. El toquecillo "ruedo ibérico" que le han dado me parece muy adecuado. Sólo espero que la letra esté a tono y a la altura.

Por cierto, la Universidad (el Rectorado) parece que ha decidido optar por el mutismo y no contesta al requerimiento que le enviamos el 4 de diciembre solicitando la aplicación de sus propias resoluciones en lo relativo a la Ordenación Docente de nuestro postgrado. Así que tendremos que lidiar esta corrida en los juzgados, otra vez.

Esto no es un cortijo



Centro de Lenguas Modernas-al amparo de qué

Se puede leer en el último Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza de fecha 13 de noviembre un acuerdo del Consejo de Gobierno de esa misma fecha (esto va rápido) por el cual se constituye el Centro de Lenguas Modernas de la Universidad de Zaragoza, transformando el actual Instituto de Idiomas. Un centro universitario sin profesorado de los cuerpos docentes universitarios, y donde los profesores son personal de administración y servicios y contratados laborales. Quizá sea una visión del futuro, incluso...

El Instituto de Idiomas, siendo una creación loable en sus fines, y que ha venido desempeñado una gran labor, nunca ha tenido una ubicación fácil desde el punto de vista administrativo en la Universidad. Recuerdo una temporada (hará unos dieciocho o veinte años) en que repentinamente se adscribieron los profesores de los distintos idiomas a cada uno de los departamentos universitarios correspondientes. El de ruso fue a aterrizar en nuestro departamento de Filología Inglesa y Alemana, amén claro de todos los de inglés y los de alemán. Claro que los profesores del Instituto seguían siendo personal de administración y servicios... Esto debió conducir a alguna reductio ad absurdum administrativa, y prontamente se deshizo lo hecho y se les extrajo de los departamentos universitarios tan rápidamente como se les había insertado. Alguna idea brillante que no funcionó.

Pues mucho me temo que estamos repitiendo la maniobra, por otro lado. Ahora el Consejo de Gobierno busca dotar de un marco legal al Instituto de Idiomas, y veamos lo que dice al respecto el acuerdo por el que se crea este Centro de Lenguas Modernas:

Primero. Marco legal
La Universidad de Zaragoza, al amparo del artículo 25 de los Estatutos, constituye su Centro de Lenguas Modernas (en adelante, CLM) al amparo de la figura de “otros centros” y concebido como una estructura transversal a las Facultades y Escuelas, para el desarrollo de la enseñanza instrumental de idiomas en la Universidad.

Y punto. La idea ya se ve ve por dónde va—ubicar esto en algún sitio. Lo malo es que los Estatutos de la Universidad de Zaragoza tienen otros artículos aparte del 25, por ejemplo el artículo 7, donde se definen los Departamentos de la universidad y sus funciones:

Art. 7. Concepto
Los departamentos son los órganos encargados de coordinar las enseñanzas propias de sus áreas de conocimiento en uno o más centros de la Universidad de Zaragoza y de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras de su profesorado.

Observemos que no dice "enseñanzas oficiales", sino "enseñanzas propias de sus áreas de conocimiento" (por ejemplo, los idiomas son enseñanzas propias de las áreas de conocimiento de Filología). Y tampoco dice "en las Escuelas y Facultades", sino en "centros", en general. Aunque el articulado sobre "otros centros" prevé que tengan normativa propia, autonomía, etc., bien habrá de entenderse que esa normativa no puede contradecir a otros puntos de los Estatutos. Y veamos cuál es la definición de "área de conocimiento":

LEY ORGÁNICA 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Artículo 71. Áreas de conocimiento.
1. Las denominaciones de las plazas de la relación de puestos de trabajo de profesores funcionarios de cuerpos docentes universitarios corresponderán a las de las áreas de conocimiento existentes. A tales efectos, se entenderá por área de conocimiento aquellos campos del saber caracterizados por la homogeneidad de su objeto de conocimiento, una común tradición histórica y la existencia de comunidades de profesores e investigadores, nacionales o
internacionales.

2. El Gobierno establecerá y, en su caso, revisará el catálogo de áreas de conocimiento, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria.

Esta es la definición oficial y legal. Observemos que en contra de lo que algunos parecen creer actualmente, no se crean las áreas para los cuerpos docentes, sino que los cuerpos docentes se ajustan a las áreas. Pues éstas son un concepto más amplio y fundamental, no limitado a la estructuración de cuerpos docentes universitarios.

En suma, que los Departamentos son responsables de la organización de todas las enseñanzas de sus áreas de conocimiento en la universidad, sean o no oficiales, y estén involucrados en ellas o no los Cuerpos Docentes Universitarios. Me temo que estamos viendo aquí un capítulo más de la devaluación de las áreas de conocimiento como concepto administrativo, una devaluación muy avanzada ya en la LOU y la LOMLOU. Pero... por devaluadas que estén, siguen existiendo, esas áreas de conocimiento, en un rincón de la legislación, y reposa sobre ese concepto mucho más de lo que parece, y mucho más de lo que se querría desde el punto de vista puramente administrativo (pues esas áreas suponen barreras para la libre reordenación y disponibilidad del profesorado para múltiples tareas... la realidad es tozuda, y no se deja administrar perfectamente).

La palabra "Departamentos" no aparece en esta normativa por la que se crea el Centro de Lenguas Modernas. Se organiza en "Secciones" correspondientes a cada idioma, pero sin imbricación alguna con los departamentos univesitarios. Y es que se tiene la intención de seguir manteniendo este centro, con uno u otro nombre, al margen de la estructura de los departamentos de la Universidad de Zaragoza. Posiblemente por una conjunción de intereses: ni a los departamentos de Filología les interesa meterse en este tema, ni a los del Instituto de Idiomas (ahora CLM) les interesa que se les metan. En nuestro departamento, al menos, jamás se ha mencionado esta cuestión en ningún Consejo.

Pero este desinterés es una base insuficiente, me temo, como marco legal. El que algo interese a dos partes por igual (y ninguna vaya a recurrirlo) no quiere decir que ese algo se atenga a derecho, o deje de incurrir, una vez más, en absurdos administrativos. En los cuales no nos embarcaremos impunemente, no... porque las incoherencias suelen acabar pasando factura.

A los profesores de idiomas ya nos pasa factura, directamente: la Universidad devalúa estos estudios (imprescindibles según parece) proporcionándoles un marco legal inestable y contradictorio, y encomendando la mitad de estos estudios a un profesorado al que no se concede el status ni el sueldo de profesorado universitario. Se hace un apaño para que todo salga más barato, con el resultado de que los profesores de idiomas sean en conjunto peor pagados que el resto (porque a la mitad se les da trato aparte). Me pregunto—y me respondo—si las profesiones bien colegiadas, médicos, ingenieros y abogados por ejemplo, se avendrían a perpetuar situaciones como ésta dentro de la Universidad.

(PS: Exponiendo estos puntos en un escrito al Director del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, le pido como sigue:

Ruego por tanto que se incluya un informe sobre esta cuestión en el próximo Consejo de Departamento, o un punto del Orden del Día para tratarla, siendo que afecta directamente a la enseñanza de idiomas en esta Universidad y a las competencias de éste y otros departamentos. O que, de lo contrario, se explique al Departamento por qué esta cuestión no entra en el ámbito de sus competencias).

La sombra de un globo sonda



El acoso laboral en la Universidad

El acoso laboral en la Universidad

Nos comunican lo siguiente las listas sindicales de la Universidad:

La Asociación de Mujeres Investigadoras y Tecnólogas (AMIT) en Aragón y la Asociación de Mujeres Científicas y Técnicas (MUCIT) con objetivo de debatir sobre la problemática que puede surgir en la Universidad en casos de acoso laboral, que constituye un fenómeno social preocupante por su extensión en los centros de trabajo, organiza la Mesa Redonda "Acoso Laboral en la Universidad" que se celebrará el próximo jueves 8 de noviembre a las 18 horas en el salón de Actos del Edificio de Matemáticas de la Universidad de Zaragoza.


En esta mesa participarán:
- Fidel Cadena Serrano, Fiscal del Tribunal Supremo.
- Teresa Conde-Pumpido Tourón, Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia
- Santiago Gascón Santos, Psicólogo y Profesor ayudante en la cátedra de Medicina Legal de la Universidad de Zaragoza
- Emilia Moruno García, Secretaria de Salud Laboral de la Federación Estatal de Enseñanza de Comisiones Obreras
Moderadora:
- Mª Ángeles Rueda Martín, Profesora Titular de Derecho Penal en la Universidad de Zaragoza y miembro del Grupo de investigación de Estudios Penales.

Para favorecer la conciliación de vida profesional y familiar se ofrecerá servicio de guardería en un centro de tiempo libre próximo.

http://www.unizar.es/mutem

Pues allí asistimos, con una veintena de personas, parte de ellas de representación institucional de sindicatos, organizadores, vicerrectorado, defensor universitario y asesor... vamos, que igual eran cinco o seis los "espontáneos" interesados en el tema. Curioso, cuando se dan cifras y porcentajes según los cuales debería haber varios centenares de acosados en esta universidad–sin contar con la posible asistencia de los acosadores, que si hablamos de mobbing deberían ser también millares los implicados y posibles interesados en conocer más estas prácticas en las que se involucran.

Se queja la representante sindical de CCOO que no habían aceptado pasar el anuncio de este acto por las listas de correo de personal docente e investigador. Eso a pesar de la "sensibilidad y atenta disposición del Rectorado" ante estos temas. Vamos, que seis y el de la pandereta. No es tema que preocupe a las masas, si a las pruebas me remito. Yo sí asistí, a título de directamente afectado por la cuestión, y estas son las notas que extraje de la reunión. Cum commento en cursiva, cuando proceda.

Ya oigo a algunos decir... no estará usted tan acosado, ¿no? Pues no, en efecto. No tanto. Sólo un poquito. Lo justo para haber enviado decenas de escritos de protesta al Rectorado, la mayoría de los cuales han quedado sin respuesta.

Claro que el segundo paso es admitir que hay altos porcentajes de acosados, en algún sitio de las estadísticas, pero que el que protesta efectivamente (aunque sólo proteste el cero coma uno por ciento) es un quejica o un manipulador o se inventa las cosas. Ese caso no cuenta, y se le ponen todo tipo de trabas—las autoridades prefieren suspirar por los anónimos porcentajes que guardan silencio.


Contenido de la exposición (en paréntesis y cursiva, mis comentarios).

Tras agradecimientos y presentaciones, la moderadora introduce el debate asociando la fenomenología del acoso laboral a otros tipos de acoso que a veces se solapan con él, como son el acoso sexual, el psicológico y el moral. Recuerda que en la recientemente propuesta reforma del código penal se proponía tipificar el acoso laboral como delito, con pena de prisión de seis meses a dos años los casos graves de acosos repetidos con actos humillantes para el acosado. (Al parecer esta reforma era un proyecto del anterior ministro de Justicia que ha sido aparcado por el actual, y no es previsible que salga adelante). Tal como está el tema ahora jurídicamente, tiene una definición imprecisa, y se da siempre la dificultad de aportar las pruebas que permitan la valoración, llegado el caso a los tribunales. Por otra parte, según un estudio de la Universidad de Granada de 2003, hay muchas estrategias de acoso, que además se van diversificando con la inventiva y sutileza de los acosadores. Las formas más frecuentes de acoso son:

- Ocultar información (en más del 50% de los casos).  (En un ambiente tan secretista como la Universidad feudal, esto va a darse de modo sistemático. Pues abundamos en planes secretos, estrategias e intrigas que pocas veces aparecen en las memorias departamentales ni en el blog del personal. El problema tal como lo veo es determinar a partir de qué momento la ocultación de información, que siempre la habrá, deviene acoso).

-
Infravalorar el trabajo del acosado (también en cerca de la mitad de los casos estudiados), o su esfuerzo. (Como cuando a mí me llaman "vago" a gritos en una reunión, pongamos—y luego los asistentes niegan que se haya dicho tal cosa).

-
Retirar responsabilidades y tareas a los acosados. (Me pregunto si contará el no incluirte en la lista de doctores capacitados para dirigir tesis doctorales, o el sacar una norma según la cual no eres "asignable" para dar clases en segundo ciclo. No me lo invento, no).

- O lo contrario, sobrecargarles de trabajo (esto en menos casos, el 32%).

En la intervención de Fidel Cadena se contempla el acoso laboral desde el punto de vista del Derecho Penal. Que es por supuesto el último nivel en el que se ha de tratar la cuestión, pues antes corresponde actuar al Derecho Laboral, o al Administrativo. Sólo en las formas más intensas de ataque procede la intervención del Derecho Penal. Tal como está la cosa, sin caracterización específica en el Código Penal, la definición de acoso laboral es imprecisa jurídicamente en Derecho. No viene propiamente cubierto por las prohibiciones de discriminación establecidas en el Art. 4.2 del Estatuto de los Trabajadores—pues las causas objetivadas de discriminación por raza, sexo, etc. allí detalladas no incluyen la discriminación por envidia. Tampoco con la protección del derecho a la intimidad queda bien caracterizada la cuestión desde el punto de vista jurídico. Cadena (como los demás ponentes) recurre a los estudios de Marie-France Hirigoyen y otros sobre la cuestión, para determinar la tipología de estas actuaciones de acoso y ver su posible caracterización jurídica. Se dan en el acoso moral un hostigamiento psicológico y un trato degradante sistemáticos; si esto sucede en un entorno laboral, hablamos de acoso laboral; se crea un entorno de trabajo hostil. Los penalistas disienten sobre la manera de enfocar su tratamiento. Unos alegan que no procede la caracterización específica como delito, sino que basta con detallar las actuaciones punibles concretas que se den: calumnias, lesiones, robo, etc. según los casos. Pero lo característico del mobbing es precisamente su carácter sistemático y la actuación leve en muchos frentes. ¿Puede caracterizarse como un ataque contra los derechos de los trabajadores, artículos 311, 316? Realmente no lo cubren, no son suficientemente específicos: son artículos que hablan de seguridad en el trabajo, de abusos posibilitados por el estado de necesidad del trabajador, etc. No han fructificado en nuestro Derecho las regulaciones especificas alentadas por las Cartas europeas sobre la cuestión. Otro artículo: 173.1, referido a tratos degradantes que menoscaban gravemente la integridad moral, cosificando al trabajador, en un marco laboral. Este es demasiado exigente para la caracterización de las actuaciones que normalmente constituyen el mobbing. La reforma propuesta en el Código Penal (y que no saldrá adelante) no requería tal nivel grave de menoscabo, sino que prestaba más atención a la humillación continuada. Otras figuras delictivas a las que se iba a extender la caracterización de acoso era al acoso en un marco ya no laboral sino contractual (por ejemplo el block-busting, acoso inmobiliario).

     Desde el punto de vista del Derecho Procesal, con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal están más protegidos los derechos de las víctimas: derecho de personación inmediata, con derecho a recibir comunicación del juicio y derecho de personarse en el proceso, aunque ya haya intervenido el ministerio fiscal, para aducir nuevas pruebas. O la posibilidad de aportar testigos protegidos anónimos para la otra parte. Esta es una cuestión aquí muy necesaria, pues en un ambiente laboral los compañeros de trabajo siempre temen hablar a favor del acosado. En efecto, con frecuencia saben que si toman partido se convertirán también en víctimas de acoso, y esto produce conspiraciones de silencio en torno al caso de acoso. Señala Cadena que con mucha frecuencia el ac
osador es un psicópata, con un perfil de carácter que le lleva a desentenderse de los sentimientos ajenos, y esto es percibido por los demás empleados, que temen sufrir acoso ellos mismos si hablan.

      Otro beneficio de la ley reformada es la ayuda de abogado si la persona acosada carece de recursos. Una cuestión relevante es la de la presunción de inocencia. La Sala 2ª del Tribunal Supremo entiende que basta el testimonio de la víctima para entender que los hechos son ciertos. El Tribunal Supremo da unas pautas intepretativas a tener en cuenta para valorar los casos:

- Ausencia de incredibilidad subjetiva (por ejemplo que no puedan presumirse motivos de rencor personal o enemistad previa en quien hace la denuncia).

- Verosimilitud objetiva, si se aportan datos periféricos que ratifiquen la denuncia por acoso (por ejemplo anteriores denuncias policiales o judiciales, bajas médicas, etc.).

- Persistencia en la incriminación (se refiere a la consistencia intrínseca de la acusación).

Reconoce el Tribunal Supremo la importancia de la actuación del primer tribunal que vea el caso efectivamente: la presencia, los gestos y actitudes, la impresión causada ante el juez y el testimonio directo son cruciales y no pueden ser sustituidos por otra interpretación judicial que no los tenga en cuenta. También es importante la declaración de personal especializado en estas cuestiones, responsables sindicales, etc. Es importante subrayar que no se puede justificar la propia mediocridad alegando que se es víctima de acoso. El perfil psicológico del presunto acosador y la presunta víctima ha de ser valorado por un forense. Entretanto se llega a una resolución, los jueces pueden dictar medidas cautelares, como prohibir la comunicación entre las partes, o en casos extremos impedir que el presunto acosador acuda al lugar del trabajo. Legalmente, la empresa es responsable civil subsidiaria, en tanto que garante de las condiciones de trabajo.


Teresa Conde-Pumpido comienza distinguiendo varios tipos de acoso: el acoso discriminatorio (por razones de prejuicios sexistas, racistas, homófobos, etc.) está basado en estereotipos y prejuicios y tiene más entidad penal legalmente establecida que el acoso moral individualizado o mobbing. El acoso sexual también tiene sus propias características y tipología.

     El valorar las cuestiones de intencionalidad es difícil; el acosador no va a reconocer que tiene esas intenciones, y en el caso de personalidades psicopáticas esta intención ni siquiera es transparente para ellos mismos. Lo esencial en todo caso no son las intenciones de los comportamientos sino las consecuencias que tienen.
     Podemos hablar de mobbing horizontal, entre compañeros de trabajo situados al mismo nivel, o vertical, entre jefes y subordinados. Puede darse mobbing ascendente, en el que los empleados acosan al jefe (típicamente a un jefe nuevo), pero el más frecuente es el mobbing descendente, en el que es el jefe quien acosa a algún empleado con la connivencia o silencio de los demás, que temen por sus puestos. Se dan casos de hostigamiento grave o de escenas puntuales de humillación espectacular, pero lo más típico es la "gota china": pequeños actos casi imperceptibles de hostigamiento, como negar el saludo, hacer el vacío, hacer correr rumores, alguna escena de gritos, etc.

(En estas cosas, como en tantas otras relacionadas con el mobbing, nuestro departamento de Filología Inglesa y Alemana es, como se suele decir, "de libro." Puede seguirse por ejemplo aquí la saga de la implantación y apropiación de los nuevos postgrados por parte de los grupos de in(ve)stigación. Es un caso sólo, pues muchos otros podrían contarse, pero en este caso la documentación es pública y deja huella administrativa clara).


   
Continúa Teresa Conde-Pumpido observando la dificultad de obtener pruebas y testimonios. Mucho antes de llegar a cuestiones judiciales, los testigos en el trabajo (testigos/colaboracionistas a veces) suelen no percibir el acoso de la manera en que lo percibe el acosado. Es el síndrome del "mujer, tampoco es para tanto". A veces, ni la propia víctima identifica su propio caso como un fenómeno de acoso laboral, sino que se siente irritada o que alguien la enfada continuamente, y a la vez piensa que "tampoco es para tanto". Se piensa a veces que esto sucede con personas hipocondríacas, maniáticas o hipersensibles, y cierto es que todas las personas personas reaccionan de modo diferente ante la misma situación—pero en el caso del acoso es frecuente el desmoronamiento de personas que antes no tenían problemas psicológicos, o que tenían un carácter fuerte y estable.

   
En Derecho Laboral, una cierta protección legal contra el acoso laboral puede basarse en el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto que es un derecho básico de los trabajadores el ser tratados con dignidad y el trabajar en condiciones aceptables. En cualquier tipo de acoso laboral se dan conductas ofensivas, o discriminatorias, intimidatorias, humillantes, etc. que vienen reconocidas como tales por la normativa comunitaria. El derecho laboral resguarda el derecho del trabajador al honor, a la propia imagen... lo cual es una manera de tipificar estos actos penalmente (Art. 10). La vía que debe seguirse para la defensa contra el acoso es la de tutela de los derechos fundamentales (el proceso es más rápido, y hay mejores medidas cautelares).

    La empresa está obligada a proteger al trabajador contra el acoso (Arts. 14, 15, 16 de protección de riesgos laborales). Las bajas sufridas como consecuencia del acoso son contingencias profesionales. En el caso del acoso sexual hay una prevención obligada. Las empresas son responsables de los casos de acoso por omisión,  por no sancionar a los acosadores.

(En tal caso, si el "patrono" es quien debe determinar si ha habido o no acoso.... mejor determinar que no lo ha habido, y así ni sanción ni responsabilidad, mientras no se diga lo contrario. Según veo).

   
Por la vía del Derecho Administrativo, es difícil encontrar una manera de tratar el acoso laboral. Se especifican en la legislación las faltas de respeto, pero todo está insuficientemente tipificado. Por otra parte, es difícil acudir a los responsables de poner fin al acoso, por ejemplo a los directores de departamento en la Universidad, porque muchas veces son ellos los primeros cómplices de los acosadores. Es importante en cualquier caso la atención de la Administración al asunto, abriendo expedientes de investigación o sancionadores.

(Abriéndolos... y cerrándolos sin medidas, como sucedió en mi caso. Bueno, a mí de hecho, tras la oposición a cátedras manipulada, y las denuncias que presenté, me abrió el Rector un expediente informativo a mí, al denunciante—por cubrir el expediente, y también para intimidarme y procurar que retirase las denuncias... Lo mismo le sucedió a otra persona asistente a esta jornada, según comentó en la sesión de preguntas. Manda huevos, como se decía por entonces).

Si se desea combatir el acoso laboral, la Administración debe actuar con diligencia, con confidencialidad, e investigar efectivamente. En cualquier caso, se incurre en responsabilidad por deficiente funcionamiento de la Administración.


(Pero vaya usted a materializar esta responsabilidad. Esto es como cuando el presidente Zapatero se hace personalmente responsable de las torpezas de sus ministros—y qué elegante queda. El resultado: nadie es cesado, nadie dimite, y todo lo absorbe como un colchón, sin inmutarse, el intocable vértice de la Administración).


Santiago Gascón trata, desde el punto de vista psicológico, las consecuencias para la víctima de acoso laboral. La finalidad perseguida por los acosadores es obligarle a abandonar el puesto de trabajo. Eso se intenta lograr con acciones de hostigamiento intencionado, leve pero continuado, aunque pueda haber casos con agresiones contundentes pero infrecuentes. Lo característico es ir minando la moral de la víctima día a día. Médicamente no tiene sentido hablar de "síndrome de mobbing", pero estos hechos sí tienen consecuencias negativas para la salud—lesiones, de hecho.

    Con frecuencia las personas se cuestionan la existencia o realidad de estos casos, y es frecuente quitarles importancia atribuyéndolos a problemas de hipersensibilidad de la víctima, o a una percepción incorrecta o equivocada de la situación—cuando no al falso mobbing, fenómeno que por supuesto también existe, la acusación de mobbing fingido por motivos de venganza personal, resentimiento.... (o por motivos de mobbing, pues hasta ahí llega la sutileza).

   
No se trata de fenómenos que se puedan separar con un si/no, blanco/negro: existe un continuo que va desde el falso mobbing pasando por problemas de percepción o enfrentamientos enquistados hasta lo que propiamente llamamos mobbing, o acoso laboral más propiamente dicho, cuando se actúa de manera deliberada contra una víctima por motivos inadmisibles.

(Observo que en la discusión se habla a veces de personalidades patológicas y psicóticas, de "el acosador" como una persona con un perfil agresivo determinado, y otras veces de acoso en grupo—mobbing propiamente dicho—siendo que es difícil imaginar que se junte una vez tras otra un grupo de personas con un cuadro psíquico semejante. Cada caso de hostigamiento es diferente, claro. Pero creo que es especialmente "de libro" aunque aquí no se discute este asunto, el caso de una organización, llámese la Universidad o la empresa, que por su estructura jerárquica o grupal se preste a la manipulación por parte de personas con un perfil psicótico/autoritario—o que se preste a que personas con este perfil lleguen a ocupar puestos de poder. En realidad es inevitable suponer que los puestos de poder, y el poder por el poder mismo, en cualquier caso, atraerán a personas que gustan de ejercerlo y de manipular a los demás. Y la manipulación caprichosa, el ejercicio de torcer las voluntades, es el más refinado de los placeres del poder arbitrario. Especialmente contra las personas que pueden criticar la actuación del manipulador, o hacer peligrar su puesto—pero en cualquier caso es un placer cambiar el ritmo de la batuta y observar que todos lo siguen en perfecta sintonía. Una estructura autoritaria o feudal se presta a utilizar así peones contra una víctima, peones que en cierto modo son acosadores (the mob) pero que en realidad no actúan por motivaciones ni planes propios. Y que, en todo caso prefieren estar del lado del acosador, o con la mayoría, creyéndose neutros, antes que ser acosados y marcados por tomar postura contra el acosador o contra el grupo. Es decir, el perfil psicótico/autoritario/manipulador es muy individualizado, pero fácilmente se convierte en una acción de grupo por la propia dinámica de los grupos y por la acción del liderazgo y del seguidismo).
 

     Cita Gascón cifras muy variables sobre la incidencia del acoso laboral. A la pregunta de si han padecido acoso laboral en los últimos 12 meses, obsérvense estas variaciones en los porcentajes por países:

Finlandia, 17% - Holanda, 12 % - España, 4% - Italia, 2 %. La media de la Unión Europea es de 9 %.

Esto no quiere decir que se acose más en Finlandia que en España. Más bien es señal de una mayor sensibilización social hacia el problema, y la existencia de legislación más específica y de una conciencia más aguda de esta cuestión y de la posibilidad de probar su existencia en un caso concreto. Con la mayor conciencia, también se van identificando nuevas conductas de hostigamiento antes no percibidas como tales: críticas sistemáticas a la vida privada del sujeto en cuestión, imposiciones que limitan su capacidad de expresión...

 (… bueno bueno, aquí tengo que recordar los distintos criterios seguidos en nuestros Consejos de Departamento, de manera espontánea y no regulada, cuando es un catedrático quien toma la palabra, interrumpiendo a los demás o extendiéndose a su gusto, y cuando es otro profesor quien lo hace. Los distintos directores, uno tras otra, actúan aquí como un solo hombre para limitar la expresión a quienes argumentan contra los catedráticos, y para dar campo libre a éstos en el uso de la palabra. Pero esto, claro, no es acoso a nadie en concreto, sino un favoritismo abyecto que se concede de entrada al cuerpo de "entes superiores" —superiores en sueldo, que no en formación académica ni en atribuciones docentes o investigadoras según la ley. Esto sigue sucediendo a pesar de reiteradas protestas por parte de este sujeto que escribe y otras personas).
 
   
Otras maniobras de acoso: se puede buscar interferir con la vida privada de la víctima, desacreditarlo ante su familia, favorecer las profecías autocumplidas sobre su fracaso o su búsqueda de problemas—cuando se busca provocar su protesta, o se busca su fracaso encomendándole tareas difíciles o confusas, en las que sea imposible acertar, o se le crea inseguridad con amenazas o actitudes hostiles. Se extienden calumnias, rumores, se sugiere que el acosado padece de trastornos mentales.
   
(De nuevo todo esto lo hemos oído una vez tras otra cuando alguien ha criticado actuaciones de los líderes feudales. "Está mal de la cabeza", o "está transtornado", o "debería ver a un psiquiatra, a mí me da mucha pena".

    Observemos que se plantea aquí el problema de una
battle for sanity: se acosa a alguien diciendo que se ha trastornado o que tiene desequilibrios mentales, o un carácter destructivo, etc.— pero la propia caracterización de estos fenómenos por los especialistas sugiere la presencia de rasgos psicopáticos de comportamiento en muchos líderes acosadores. Por lo tanto... quien más convence a un tercero es quien se lleva el gato al agua. Y ya se sabe quién convence más en un ambiente laboral: en la empresa, es el jefe quien ha acertado con el diagnóstico mental; en la Administración, si hay grupos contra uno, se decide la cosa por votos, cautivos o espontáneos).

     
En cualquier caso, dice Gascón, es un error echarse atrás ante el 
acoso (actitud frecuente sin embargo). Un acosador puede acostumbrarse, e insistir si no se le paran los pies—una vez ha probado sangre, vuelve una y otra vez. A veces es eficaz la resistencia. Si la víctima se retrae, el acosador con frecuencia se ensaña; en otras situaciones, si no va gran cosa en el acoso, puede buscar otra víctima. Con frecuencia, además de autoritarios e intrigantes, los acosadores son mediocres, cobardes e inseguros, son envidiosos y con frecuencia carrieristas (el típico "trepa"). De este modo, es frecuente que se ensañen con personas que despiertan su envidia y que según ellos perciben hacen peligrar su carrera. Es frecuente que las víctimas sean gente brillante, generosa, independiente, y además modesta (vamos, mi perfil psicológico, clavao)—muchas veces el motivo del acoso en este tipo de casos es que han salido en defensa de otro a quien veían acosado injustamente. En realidad, no se puede establecer un perfil psicológico único, pues cualquier persona, fuerte o débil, competente o incompetente, puede convertirse en víctima de acoso en una situación dada. (La envidia es libre...).  

    Por otra parte, también hay situaciones, o tipos de relación laboral, que se prestan más a que se den en ellas las situaciones de acoso, o a que se den con éxito:

- Jerarquías excesivas, y confusas. En la Universidad: superiores e inferiores de muy distintos géneros: directores, decanos, catedráticos, doctores, PDIs, PAS, Rectores, sexeniados y no sexeniados, etc. Unos criterios interfieren a veces con otros (—y a río revuelto, ganancia de pescadores. Especialmente en nuestra actual situación de reorganización masiva y apocalíptica de las enseñanzas, procedimientos, criterios, planes de estudio...).

- Tipos de tareas y responsabilidades mal definidas. (Un ejemplo: en nuestro departamento, y en otros, se oye a veces, literalmente, la frase: "A ver si os enteráis de quién es el catedrático aquí"—cuando según la ley un catedrático tiene la misma capacidad docente o investigadora que un profesor titular. ¿Qué querrá decir esa frase, si no es una invocación de oscuros derechos y normas no escritas?).

- Mala distribución de la información.
(Si se oculta información, si circula por grupos, etc.). (Así, es impensable la existencia de un blog departamental, o un blog de centro—y mira que es fácil crear uno. Hay interés activo en controlar y limitar la información y el uso de la palabra—¡a los propios funcionarios públicos de la institución! Lo mismo se echa de ver con el uso de la censura en las listas de distribución por correo electrónico, o en el Rincón de Opinión de la Universidad).

- (Y el síndrome del capataz:). Con frecuencia, el acosador es la persona que consigue que todos los demás trabajen de la manera que desea la empresa. O es quien más clientes consigue para la empresa. Es frecuente, por tanto, que los superiores no vean ninguna ventaja en sancionarle, y toleren (o alienten tácitamente) el acoso, prefiriendo en última instancia pactar con el agredido si llega el caso, antes que actuar contra el acosador.

(A mí como que me suena todo esto, punto por punto).

Los daños o lesiones físicos o psíquicos que pueden producirse como resultado del acoso laboral son:

Estrés. Es en principio una respuesta adaptativa, subida defensiva de adrenalina, que prepara al organismo para la huída o el combate. Pero el estrés continuado en una situación que no conduce ni a la huida ni al combate desgasta al final el organismo. Produce alteraciones inmunológicas—la "bajada de defensas": y siguen

los daños físicos propiamente dichos: se pillan gripes con facilidad, o se recae en enfermedades a las que el sujeto tenga tendencia: trastornos digestivos, úlceras, cefaleas...

Patologías psíquicas: Ansiedad, depresión, trastornos adaptativos. Y hasta TEP: trastorno del estrés posttraumático, aun en casos en que sea un trauma a cámara lenta: terrores, miedos injustificados y ataques de pánico, trastornos resultantes de estrés prolongado como rememoraciones involuntarias de escenas obsesivas, ensueños o sueños repetitivos, interferencias en las asociaciones de ideas, alteraciones de la memoria, temores de acercarse al puesto de trabajo y alteraciones psicosomáticas, nudos en el estómago, enfermedades súbitas justo a la hora de reincorporarse al puesto de trabajo, hipersensibilización, alteraciones del sueño, apatía, pérdida de la capacidad de concentración, disminución del deseo sexual, irritabilidad generalizada que causa problemas familiares, peligro de caída en conductas adictivas, alcoholismo, drogas, etc. etc. etc.  Cáncer...

Aislamiento psicológico. Sentimientos de desesperanza, de encontrarse en una situación sin salida, de falta de futuro... Todos estos problemas se agudizan cuando la víctima está aislada, o llega a estar aislada como consecuencia del acoso; son los casos de aislamiento serio los que derivan en las alteraciones más graves, conduciendo a veces al suicidio.
La gravedad y sintomatología de las lesiones sufridas depende de múltiples factores, como la duración e intensidad del acoso, o del apoyo percibido por parte de colegas, familia, amigos.

(Inciso necesario. Muchos de estos daños psicosomáticos se dan en varias personas de nuestro departamento, desde hace tiempo. Pero diciendo esto un servidor no desea en absoluto "hacerse la víctima", actitud que le desagrada especialmente. Más me desagrada que haya víctimas que efectivamente sufran estos males como consecuencia de un acoso laboral, claro. A lo que voy es que no sólo no tengo la menor intención de suicidar a nadie, ni sufro alteraciones dignas de mención, sino que creo que estas situaciones de cuadros ansiolíticos y depresivos surgen espontáneamente en todas las organizaciones como causa de enfrentamientos y tensiones, sin necesidad de que se den acosos organizados. Surgen menos, claro, si no hay acoso. Y en cuanto a los acosos organizados: los que más me preocupan en mis actuales batallitas administrativas no son los difíciles de probar, o subjetivos, o patológicos, etc., sino precisamente los administrativos: las vulneraciones abiertas, descaradas, organizadas, y toleradas por la autoridad, de la normativa administrativa. Esas son las que a mí me preocupan en este momento, pues si no se pueden acotar ni esas, malamente se puede pensar en intervenir sobre cosas más difíciles de demostrar. Aunque comprendo que a otros más dados que yo a las úlceras, gripes, depresiones y taquicardias les puedan parecer prioritarias esas otras cuestiones más imponderables).

 Las consecuencias laborales del acoso son la creación de un pésimo clima de trabajo, el descenso de la calidad del trabajo producido, menor eficiencia laboral, con absentismo frecuente, bajas, y mayor inseguridad, con riesgo de accidentes laborales. A la larga, las personalidades acosadoras, aunque puedan ejercer de controladores activos y capataces vocacionales, no son rentables para la empresa. Para consultas y asesoría, deja Gascón su e-mail: sgascon@unizar.es


Emilia Moruno habla desde el punto de vista sindical, sobre las medidas preventivas que pueden tomarse contra el acoso laboral. Cita el concepto de salud de la OMS, entendido no sólo como falta de enfermedad sino como estado de bienestar—es lo que pretendía promover la directiva de la Comisión Europea en 2002, al hablar de promover el bienestar en el trabajo en medio de las transformaciones que actualmente están sufriendo las actividades laborales; un bienstar físico, moral y social, no sólo la falta de accidentes y enfermedades. Esto requiere medidas de prevención y organización.

    El acoso psicológico es una forma de violencia y de agresión, conforme a las definiciones de los organismos internacionales relevantes, que no limitan este concepto sólo a la agresión física, sino que incluyen las conductas intimidatorias, abusivas o acosantes. Según la OIT, en un informe del año 2000, habían sufrido acoso el 5% de los trabajadores con los datos de 1998, y el 7% con los datos de 1999. Una encuesta de la Unión Europea de 2005 daba la cifra del 5%. Es de notar que los datos para trabajadores de educación sextuplican a los de trabajadores industriales en cuanto a amenazas de violencia recibidas. La VI Encuesta Nacional sobre este tema del Ministerio de Trabajo daba datos para España de un 4,3% de trabajadores que decían ser víctimas de acoso—una cifra sin duda inferior a la realidad. Hay pocas denuncias, pero cuando se llega a una denuncia es que ya ha habido mucho acoso antes. La gran mayoría de los casos se sobrellevan sin denuncias, y con una actitud fatalista, tipo "esto es lo que nos ha tocado y no lo podemos cambiar". Esta actitud es errónea, y hay que concienciar a los trabajadores, empresarios y administración de la posibilidad de mejorar las situaciones con medidas concretas. Es necesaria la prevención primaria: desde la base misma de la organización del trabajo. Una mala organización da lugar a riesgos, a confusión y a malas conductas.

     La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene en cuenta la organización y ordenación del trabajo. Los "daños relacionados con el trabajo" que contempla van más allá de enfermedades o accidentes, y su objetivo es promover un ambiente laboral seguro y saludable en todos los sentidos. Prevenir riesgos supone:

- evaluar situaciones y casos
- priorizar actuaciones
- intervenir en origen
- evaluar el resultado de las intervenciones

Hablamos pues ahora de prevención, y no de cura o solución de daños ya producidos. Pero en las discusiones del acoso laboral se habla muy pocas veces de prevención. No hay que reducir el problema a cuestiones de "cómo se lleva la gente" entre sí, o a resignarse a que las cosas son así. Hay riesgos determinables, y la participación de los trabajadores es crucial. Por ejemplo, en la empresa en cuestión, ¿existe competitividad? ¿hay horarios restrictivos? ¿hay malas comunicaciones?  Si estas cuestiones son objeto de conflictos, debe determinarse así, y reducir su impacto. Los procesos y relaciones de trabajo no son cosas inamovibles caídas del cielo, sino que pueden rediseñarse y cambiarse. Hay para ello razones democráticas, metodológicas, y de eficacia productiva. Y es un asunto que no es incumbencia sólo de técnicos especializados en diseño de relaciones laborales, sino de todas las personas implicadas en estos procesos.  Lejos de presentarlo como un problema entre dos personas, hay que centrarse en cuestiones concretas, medidas y estrategias, y llevar a cabo las reformas que se consideren necesarias. Pueden ser también necesarias reformas legislativas que ayuden a tratar la cuestión. Es importante que se reglamente la necesidad de establecer en empresas o instituciones unos protocolos explícitos para tratar con situaciones de acoso, como ya existen en la UNED o en la Universidad del País Vasco. Claramente, esto requiere un desarrollo normativo y una concienciación por parte de directivos, trabajadores y Administración para enfrentarse a esta cuestión.

(Como se ve, Moruno pone el énfasis no en las personalidades psicopáticas etc. de los acosadores individuales, o en las dificultades para enjuiciar estas conductas, sino en defectos de organización o interferencias estructurales que pueden identificarse y remediarse. Es una postura que quizá no cubra todas las dimensiones del problema pero que sí ofrece una vía para empezar a tratarlo de manera constructiva y preventiva).


Sesión de preguntas:

Es una sesión activa, tanto que un preguntador vocacional como yo no puede ni siquiera meter baza. Ya me desquito escribiendo este reportaje.

Eva Cerezo, de la asociación organizadora, pregunta al Vicerrector de Profesorado, presente en el público, si la Universidad de Zaragoza tiene algún estudio, protocolo o plan que trate la cuestión del acoso laboral.

   Respuesta del Vicerrector: Es un tema complejo, se ha detectado la necesidad de tratarlo. Se han dado pasos para establecer criterios, para clarificar el proceso de toma de decisiones, existe la figura del Defensor universitario, y gabinetes de apoyo psicológico. Pero el Vicerrector "se va con deberes" dice, consciente de la necesidad de establecer protocolos de actuación en estos casos y de seguir trabajando en la cuestión. Preguntado sobre la frecuencia de estos hechos en la Universidad de Zaragoza, dice que en efecto hay casos, pero no puede porcentuar ni medir su incidencia. Se han intentado resolver con investigaciones, mediaciones, arbitraje, etc. Y el Vicerrector se ofrece para interesarse personalmente por los casos que se le planteen.

(Muy bien. Lo malo es que no es el Vicerrector quien resuelve y actúa por escrito, sino el Rector. Y es necesario no sólo hablar, sino escribir, llegar a resoluciones, y ejecutarlas.  Empezando por contestar a los escritos que se quedan sin respuesta, por ejemplo en este caso).

Un miembro del público observa que este problema tiene muy mala solución en la Universidad, pues ¿quién es responsable de la toma de medidas en un entorno tan jerarquizado y tan complejo?

    Responden los penalistas que cada acto administrativo tiene un responsable. Si estos actos se efectúan de manera incorrecta, y la Universidad no actúa, se le pueden pedir responsabilidades y obligar, desde fuera, a que se haga aquello que era responsabilidad de la institución el hacer. E indemnizar a los damnificados.

(Ya, para indemnizaciones estamos. Con que enderezasen la cuestión, nos dábamos con una piedra en los dientes. Estamos ahora mismo con dos juicios entre manos, por la voluntad de manipulación y apropiación de los "bienes administrativos" del departamento —plazas, programas de estudios— de que han hecho gala algunas personas, y la falta de voluntad para intervenir en la cuestión tanto de la Dirección del Departamento como del Rectorado, en cuanto se han denunciado los hechos.  Y lo más probable es que acaben los juicios en nada, además, aparte de en gastos de abogado para los demandantes. Pues los jueces se remiten al juicio de los entendidos, a la discrecionalidad técnica de las comisiones, a .... esas cosas de la Universidad que ellos sabrán lo que hacen ahí dentro, y no son en ningún caso enmendables. En la Universidad suele salir más a cuenta rendir pleitesía que poner pleitos).

Hay que recordar que según el Art. 450.1 del Código Penal, existe la figura de comisión de delito por omisión: en este caso por omisión de corrección y control por parte de quien consiente el atropello. Esta falta está caracterizada en el Estatuto Básico de la Función Pública como falta muy grave. Según los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, es el Rector el responsable de corregir estos abusos si se producen, y responsable de no haberlos corregido si no lo hace.

(Genial. Todo a la cabeza del Rector. Garantía de que en la práctica nunca sea responsable de nada, y sea la suya una responsabilidad virtual, tan virtual como la institución misma—porque en esta Universidad al menos, ya puedes creer que hablas con el Rector de estas cuestiones, ya: el Rector sólo existe por escrito, es uno de esos entes de papel que decía Barthes).

Se pregunta desde el público si constaban casos efectivos de denuncias y juicios por esta cuestión en la Universidad española. O si estamos hablando de puros casos hipotéticos.

(En el caso de rectores castigados, ya pueden tener por seguro que ésta es la más pura de las hipótesis).

    R: Un estudio de la Universidad de Granada señalaba un 11% de miembros de la Universidad que decían haber sido víctimas de acoso. Pero casos concretos, en los tribunales... no se tiene ninguno en mente concretamente. Señal de lo difícil que es que llegue a la luz pública una cuestión de estas características en el enrevesamiento administrativo de la Universidad. En todo caso, puesto que no es una figura delictiva como tal, habrá habido juicios por faltas de otro tipo: lesiones, atentado contra la dignidad, etc., pero no como "acoso laboral".

Otro miembro del público señala la paradoja de que la Universidad debe velar porque no se produzca el acoso laboral, pero que a la vez su propia estructura y sus prácticas corrientemente aceptadas fomentan el que se produzca acoso laboral. Y pone un ejemplo muy gráfico (—y tan frecuente en los anales de sucesos universitarios que me ha sucedido algo parecido a mí mismo, en la famosa oposición de cátedras). Es el

Apólogo de las Manzanas y las Mandarinas

 La Administración te contrata como especialista en la producción de fruta, pongamos. Y tú produces excelentes manzanas. Pero aterrizas en un entorno en el cual todos hacen mandarinas. Y te presionan, y te dicen: haz mandarinas. Y tú respondes: no, perdona. Yo hago fruta, es lo que dice mi contrato. Las manzanas son fruta.  —Ya, pero aquí hacemos mandarinas. Y llegas a una oposición, y te encuentras en el tribunal a los productores de mandarinas, que dicen que las manzanas que tú haces no son fruta, o que se las han arreglado para poner entre paréntesis "(mandarinas)", tras la especificación de que la función de la plaza es hacer fruta.
 


Así, la arquitectura misma de la Universidad reprime la libertad de cátedra que se supone es también uno de sus principios básicos.
(Y eso antes de que empecemos a hablar de si los equipos de investigación se convierten en logias de apoyo mutuo y se exceden en sus atribuciones).

    Otra de las organizadoras (creo) pregunta por la conjunción entre acoso por razón de sexo (a veces acoso sexual) y acoso laboral. Son casos que se solapan con frecuencia, y surge la pregunta de si existe una percepción más aguda de las mujeres de esta situación, por hallarse sujetas en ocasiones a una doble discriminación. También se llama la atención sobre el hecho de que los hombres, por prurito de aguantar y de hombría, tardan a veces más tiempo en darse por aludidos o en protestar ante una situación de acoso, por no parecer débiles o indefensos. Se comenta el caso famoso de Nevenka Fernández (que fue quien tuvo que abandonar su tierra por fin, al estar mejor aposentado y más apoyado socialmente su acosador, que se libró con una multa poco proporcionada con la situación).

    La nueva Ley de Igualdad Efectiva en el trabajo de hombres y mujeres viene a introducir exigencias concretas de hacer seguimientos anuales de estas circunstancias: se hace preciso crear comisiones, etc., y se producirá mayor concienciación. También la ley aragonesa de violencia en el trabajo, en nuestro caso, es relevante. Para estas cuestiones se recomienda acudir a las juntas de seguridad y salud de los sindicatos—aunque en el caso de la Universidad, se reconoce que las actuaciones sindicales se han limitado siempre al personal de administración y servicios, y que el personal docente e investigador está un tanto dejado de lado en estas cuestiones.

    Otro representante sindical recuerda que es muy reciente, un par de años, el primer Convenio Colectivo en esta Universidad, y que esta democratización de las relaciones laborales mejora la situación de los trabajadores. La Ley 7/2007 del Estatuto del Empleado Público también mejora la capacidad de interlocución de los empleados públicos, e introduce una democratización y juridicidad de las relaciones laborales muy necesaria en un ámbito como la Universidad, donde la hiperjerarquización y la fosilización de relaciones cuasi-feudales dificulta el determinar responsabilidades y establecer relaciones laborales definidas.

     Observa un letrado que las relaciones laborales nunca serán plenamente democráticas: manda el jefe, y punto. Lo que sí puede darse es una mayor definición y mayor salvaguardia de los derechos de los trabajadores. En la empresa privada existe un amplio margen de arbitrariedad para las actuaciones de los jefes, pero en la empresa pública es diferente: no hay lugar para la arbitrariedad, y toda decisión debe estar fundamentada con criterios objetivables. Ahora bien, en la Universidad, la superposición de criterios académicos, laborales, profesionales, feudales, etc. propicia el mobbing, y esto no terminará con la negociación colectiva, si bien es necesario trabajar en esa dirección, diseñar los mencionados protocolos de actuación, etc.

    Y termina un representante de Comisiones Obreras, quejándose en concreto del funcionamiento administrativo a este respecto en la Universidad de Zaragoza. Las tomas de decisiones son lentas, no hay mecanismos específicos para tratar las cuestiones de acoso laboral, ni criterios—NADA, insiste. Con lo cual, ante la pasividad de los responsables administrativos, los intereses enquistados, y las actuaciones insuficientes ante las quejas, queda el terreno libre para los acosadores.

(A lo cual, siendo claro como el agua, poco tengo que añadir de momento. Sólo decir que de un año a esta parte, he presentado algo así como trescientas páginas de escritos de recursos ante el Rectorado—y en la medida en que se han respondido, se me ha dado la razón, en efecto. Y sin embargo, la situación sigue como estaba: los grupos de investigación, en actuación coordinada y abusiva, han suspendido mis derechos por votación democrática: me han excluido de la dirección de tesis y de la docencia en segundo ciclo. Las resoluciones del Rector, o se niega que existan, o se desoyen, o se maquillan; quedan en letra muerta, cosa que por otra parte no parece preocupar mucho al Rector. Y si llegados a este punto me parece mal que el Rector no intervenga, y tolere estas cosas, ya pido mucho: me tengo que ir al Juzgado. Y allí estamos).

Feudalismos y sociedades feudales



 


La sombra de un globo sonda

La sombra de un globo sonda La sombra de un globo sonda pasa sobre el campus de la Plaza San Francisco de la Universidad de Zaragoza y flota misteriosa hacia el meandro de Ranillas. Alguien del gobierno de Aragón ha dejado caer así por la prensa que había planes de trasladar este campus al otro lado del Ebro una vez termine la Expo 2008.

El Rector ha dicho que no sabía nada, y que se ha enterado por la prensa. Ahora a ver si tiene sustancia o no semejante globo sonda. Espero que quede en nada. Esta universidad ya se ha lucido bastante en el pasado dejándose caer o abandonando edificios históricos. 

Esto del traslado del campus de San Francisco suena a operación inmobiliaria gigantesca movida por los hilos de vete a  saber quién. No salió lo del traslado de la Romareda... pues a por el campus, que hay mucha excavadora que ocupar cuando se acabe la expo, y todo lo que están haciendo en Pla-Za.

Más de un goloso hay, desde luego, pues el suelo del campus, en el centro de la ciudad, tiene un valor casi incalculable, y como la Universidad es tonta, igual con cuatro perras la dejaban contenta. Ya en los años 80 casi consiguieron hacerle esta misma maniobra del truequemoche al rector anterior al anterior, Vicente Camarena. Aquí el que no corre vuela—menos algunos despistaos en la Universidad, y alguno con contactos interesantes habrá pensado a ver si por ahí sale la cosa. (O, a  lo mejor, con esta noticia le han pinchado el globo...).

Si hay entre los políticos planes serios de hacerlo, y voluntad decidida de sacar una tajada monstruosa a medias con los constructores, como suele ser el caso, pues con una negociación financiera leonina ahora con las reformas de los estudios, y amenazas de recortes a tutiplén... arreglado. A ver lo que vemos—y a ver lo que oímos no de este rector, sino de los candidatos a rector que haya para las elecciones del 2008, que será más interesante.

Investigaciones oficiales


Contestamos al Silencio

Contestamos al silencio.
No es poesía, es papeleo.

Me refiero al silencio administrativo, el que nos administra nuestro rincón de la Administración, para así mojarse lo menos posible en hacer cumplir las normas, y dejando mejor que las fuerzas vivas locales encuentren su equilibrio natural. Le escribo a mi abogada.

Estimada Abogada:

Bueno, por lo que parece la contestación esa que nos habían dicho en la Universidad que nos darían, primero antes del verano y después en septiembre, no llega. Otro fajo de papeles que se le pierde al Rector en el fondo del cajón. Así que vamos a hacer lo del escrito al Rector pidiendo la ejecución de modo formal de sus resoluciones, conforme habíamos hablado, y luego (como tampoco habrá respuesta) lo llevaremos a los juzgados. Recordarás que visto que había dos resoluciones en firme sobre el postgrado de Estudios Ingleses, relativas a la organización del Doctorado y del Máster, se trataba de pedir la ejecución de las mismas. Ya tienes esas resoluciones y nuestros escritos al Rectorado protestando por la manera en que el Departamento las evade. Dinos por favor si hace falta algo más, o si conviene que nos reunamos para comentar algún punto.
Un saludo,
jagl

Si esperan en el Rectorado, o en la dirección del departamento de Filología Inglesa, que por no pagar cuatro duros de juicios estoy dispuesto a que se me vete de los programas oficiales de estudio, por decreto digital de la catedrática... —están muy equivocados.

El Rectorado parece considerar que ha hecho lo suficiente recordando las leyes al Departamento, y emitiendo esas resoluciones a nuestro favor. Ahora, hacerlas cumplir, eso ya es demasiado pedir, que luego la gente va y se enfada. Y mejor tener enfadados a un par de profesores titulares que a tres catedráticos y a un departamento de taifas.

No negaré que la estrategia es efectiva. Aquí la mayoría de los atropellados no llegan ni a escribir un recurso. Si alguno lo escribe, y resulta que el Rectorado ignora las quejas, o el recurso no se contesta, ¿cuántos de esos lo van a llevar a juicio? Y así vamos rodando mal que bien, y las presiones de la ley y de los poderes fácticos encuentran su punto de equilibrio más adecuado para el ecuánime Administrador.

¿Estudios oficiales o feudales?